Decreto 979/2008

Fecha de publicación20 Junio 2008
Fecha de disposición20 Junio 2008
SecciónDecretos
Número de Gaceta31430

Deléganse en el citado Ministerio facultades y obligaciones determinadas en el Artículo 2º de la Ley Nº 13.064, relativas a determinadas obras inherentes al normal mantenimiento y readecuación de instalaciones de los establecimientos carcelarios y unidades dependientes del Servicio Penitenciario Federal.

Bs. As., 18/6/2008

VISTO la Ley de Obras Públicas Nº 13.064, la Ley de Ministerios --T.O. 1992-- y sus modificatorias, la Ley Nº 24.660, el Decreto Nº 1183 del 4 de diciembre de 2003, el Decreto Nº 910 del 18 de julio de 2006, y CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 13.064 dispone en su Artículo 2º que las facultades y obligaciones que establece dicho plexo normativo podrán ser delegadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL en autoridad, organismo o funcionario legalmente autorizado.

Que el Artículo 58 de la Ley Nº 24.660 establece que a los fines de asegurar y promover el bienestar psicofísico de los internos, se implementarán medidas de prevención, recuperación y rehabilitación de la salud y se atenderán especialmente las condiciones ambientales e higiénicas de los establecimientos.

Que en igual sentido, el Artículo 59 de la mencionada ley estipula que el número de internos de cada establecimiento deberá estar preestablecido y no se lo excederá a fin de asegurar un adecuado alojamiento, agregando que todos los locales estarán siempre en buen estado de conservación y su ventilación, iluminación, calefacción y dimensiones guardarán relación con su destino y los factores climáticos.

Que de acuerdo al Artículo 22 inciso 13 de la Ley de Ministerios --T.O. 1992--, compete al MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS entender en la organización, funcionamiento y supervisión de los establecimientos penales y de sus servicios asistenciales promoviendo las mejoras necesarias para lograr la readaptación del condenado y el adecuado tratamiento del procesado y la efectiva coordinación de la asistencia post-penitenciaria.

Que ese orden, por Decreto Nº 910 de fecha 18 de julio de 2006, en el marco de lo dispuesto por el citado Artículo 2º de la Ley Nº 13.064, se delegaron en la mencionada jurisdicción las facultades y obligaciones determinadas por dicha ley para la ejecución de las obras comprendidas en el PLAN DE INFRAESTRUCTURA PENITENCIARIA 2004 --aprobado mediante el Decreto Nº 1183 de fecha 4 de diciembre de 2003--, y que se encuentran detalladas en la Planilla Anexa al Artículo 12 de la Ley Nº...

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