Disposición Nº 96/GCABA/DGFYC/15
Firmantes | Iannella - Alonso - Chapar |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General Fiscalización y Control |
Fecha de la disposición | 9 de Octubre de 2015 |
VISTO:
El Expediente N° 2204807/2011 los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1-
GCBA/2005 (BOCBA N° 2126) y N° 2-GCBA/2005 (BOCBA N° 2136), la Resolución
02/SSCC/05 (BOCBA N° 2136), la Resolución N° 11/SSCC/2005 (BOCBA N° 2194), la
Resolución N° 12-SSCC/2005 (BOCBA N° 2209), la Resolución N° 56-SSCC/2005
(BOCBA N° 2352), la Resolución N° 68-SSEMERG-SSCC/2006 (BOCBA N° 2521), la
Ley N° 2624/2007 promulgada por Decreto N° 2137/07; y
CONSIDERANDO:
Que, el Sr. RAYDEL ESTOPIÑAN en representación de la firma OYE CHICO S.A. ha
solicitado la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables
creado por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA/05, para el local ubicado en
la calle Montevideo N° 306/350, PB Sarmiento N° 1601/45y Av. Corrientes N° 1658/62
Planta Subsuelo. Locales 34, 35 y 42 unificados, de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, que desarrolla su actividad con nombre de fantasía "OYE CHICO", conforme
constancia obrante a fs. 513/4;
Que, el mencionado local posee habilitación otorgada por expediente N°
1176648/2010 para el rubro: Restaurante, Cantina, Casa de Lunch, Café Bar, Com.
Min. Bar-Lácteo, despacho de Bebidas, Wisquería, Cervecería, Casa de Comidas-
Rotisería, Com. Min. Elab. Y Vta. Pizza, Fugazza, Faina, Empanadas, Postres, Flanes,
Churros, Grill, Parrilla, Confitería y Local de Baile Clase "C" Act. Complementaria y se
encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el N° 064/05 por
Disposición Conjunta N° 131 de fecha 22 de diciembre de 2011; con una capacidad
máxima autorizada para funcionar de DOSCIENTAS (200) personas conforme
constancia obrante a fs. 12;
Que, por Disposición Conjunta N° 159/12 de fecha 21 de diciembre de 2012 y
Disposición N° 190/13 de fecha 23 de diciembre de 2013 y por DISFC-2014-134-
DGFYC de 23 de diciembre de 2014 el local renovó su inscripción por el término de un
(1) año;
Que, la Superintendencia Federal de Bomberos de la Policia Federal Argentina, en
ocasión de realizar inspección rutinaria del local, constato el 08 de octubre de 2015,
que al accionar un detector no funcionó la central del sistema de detección de
incendios; lo que impide revalidar el Certificado de Inspección Final (Ord. 50250) hasta
ahora vigente;
Que, la Gerencia Operativa de Dictámenes ha tomado debida intervención conforme lo
establecido por la Resolución N° 66/AGC/13.
Por ello, en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3° del Decreto de
Necesidad y Urgencia N°...
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