Disposición Nº 96/GCABA/DGFYC/15

FirmantesIannella - Alonso - Chapar
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General Fiscalización y Control
Fecha de la disposición 9 de Octubre de 2015

VISTO:

El Expediente N° 2204807/2011 los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1-

GCBA/2005 (BOCBA N° 2126) y N° 2-GCBA/2005 (BOCBA N° 2136), la Resolución

02/SSCC/05 (BOCBA N° 2136), la Resolución N° 11/SSCC/2005 (BOCBA N° 2194), la

Resolución N° 12-SSCC/2005 (BOCBA N° 2209), la Resolución N° 56-SSCC/2005

(BOCBA N° 2352), la Resolución N° 68-SSEMERG-SSCC/2006 (BOCBA N° 2521), la

Ley N° 2624/2007 promulgada por Decreto N° 2137/07; y

CONSIDERANDO:

Que, el Sr. RAYDEL ESTOPIÑAN en representación de la firma OYE CHICO S.A. ha

solicitado la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables

creado por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA/05, para el local ubicado en

la calle Montevideo N° 306/350, PB Sarmiento N° 1601/45y Av. Corrientes N° 1658/62

Planta Subsuelo. Locales 34, 35 y 42 unificados, de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, que desarrolla su actividad con nombre de fantasía "OYE CHICO", conforme

constancia obrante a fs. 513/4;

Que, el mencionado local posee habilitación otorgada por expediente N°

1176648/2010 para el rubro: Restaurante, Cantina, Casa de Lunch, Café Bar, Com.

Min. Bar-Lácteo, despacho de Bebidas, Wisquería, Cervecería, Casa de Comidas-

Rotisería, Com. Min. Elab. Y Vta. Pizza, Fugazza, Faina, Empanadas, Postres, Flanes,

Churros, Grill, Parrilla, Confitería y Local de Baile Clase "C" Act. Complementaria y se

encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el N° 064/05 por

Disposición Conjunta N° 131 de fecha 22 de diciembre de 2011; con una capacidad

máxima autorizada para funcionar de DOSCIENTAS (200) personas conforme

constancia obrante a fs. 12;

Que, por Disposición Conjunta N° 159/12 de fecha 21 de diciembre de 2012 y

Disposición N° 190/13 de fecha 23 de diciembre de 2013 y por DISFC-2014-134-

DGFYC de 23 de diciembre de 2014 el local renovó su inscripción por el término de un

(1) año;

Que, la Superintendencia Federal de Bomberos de la Policia Federal Argentina, en

ocasión de realizar inspección rutinaria del local, constato el 08 de octubre de 2015,

que al accionar un detector no funcionó la central del sistema de detección de

incendios; lo que impide revalidar el Certificado de Inspección Final (Ord. 50250) hasta

ahora vigente;

Que, la Gerencia Operativa de Dictámenes ha tomado debida intervención conforme lo

establecido por la Resolución N° 66/AGC/13.

Por ello, en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3° del Decreto de

Necesidad y Urgencia N°...

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