Disposición Nº 885/GCABA/DGIUR/15
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 19 de Junio de 2015 |
VISTO:
El Expediente N° 3.391.842/2015-DGLIM, por el que se consulta sobre la localización
de una Base de Operaciones de empresa prestataria de Servicio Público de Higiene
Urbana, en el predio sito en la Avenida de los Constituyentes N° 2.750, Avenida
Chorroarín s/N°, Sr. Joaquín Zabala s/N°, con una superficie aproximada de 9.000 m2,
y;
CONSIDERANDO:
Que, por IF-2015-0339172-DGLIM, la Empresa IMPSA Ambiental S.A. solicita, la
entrega de un predio complementario, adyacente al ya otorgado por contrato suscripto
el 28 de enero de 2014, como "Base de Operaciones" de la empresa para la
prestación del "Servicio Público de Higiene Urbana". Este predio deberá contar con
una superficie mínima de 9.000m2, para sentar la "Base Secundaria de Recolección
de Residuos Sólidos Urbanos", según la definición del Art. 2°, de la Ley N° 4.978/2014;
Que, motiva su pedido el hecho que, por Licitación Pública 997/2013, se les otorgó la
Fracción 5 de la Manzana 13E, comprendido entre la Avenida de Los Constituyentes,
el deslinde con la Parcela 11, la prolongación virtual de dicho deslinde con la Parcela
2, el deslinde de ésta y su prolongación virtual, hasta la Avenida de Los
Constituyentes, con una superficie, según mensura, de 14.434 m2, mientras que en el
Pliego de Bases y Condiciones se preveía una superficie de 20.000 m2 y la superficie
estimada por el GCBA era de 19.000 m2. Por otro lado en la oferta, la Empresa
manifiesta que, para realizar normalmente sus actividades, previendo el
estacionamiento de todos sus vehículos en Planta Baja necesitaría un predio de
30.000 m2. Manifiesta además, que existe en la manzana de la localización, espacio
suficiente para el emprendimiento, sin afectar ninguna de las áreas de esparcimiento
que allí se encuentran (juegos para niños, equipos de gimnasia);
Que, a través del IF-2015-04551654-DGLIM, la Dirección General de Limpieza,
informa que por Ley N° 992, Art. 1°, se declara como un Servicio público a los
"Servicios de Higiene Urbana de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", y por Ley N°
4.120, se da el marco regulatorio del "Servicio Público de Higiene Urbana (SPHU)".
Sus objetivos son:
-
Promover la reducción de la generación de residuos, el tratamiento, la selección
domiciliaria en origen y la formación de una conciencia de preservación ambiental en
el ámbito industrial, comercial, de los usuarios y los consumidores.
-
Alentar la recuperación, reciclado, re utilización, aprovechamiento y valorización de
residuos en el ámbito de los generadores, los usuarios, los consumidores y los
gestores de residuos.
-
Generar ámbitos de competitividad y aliento de las inversiones para asegurar en el
mediano y largo plazo los fines públicos establecidos por las leyes en la materia.";
Que, en base a estos objetivos se dictó el Decreto N° 162-GCBA-13, mediante el cual
se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de
Especificaciones Técnicas, dividiendo la ciudad en 7 zonas de prestación con un plazo
contractual de 10 años. Este Decreto autorizó al Ministerio de Ambiente y Espacio
Público a realizar el correspondiente llamado, y todos los actos administrativos
derivados de él; Que, por Resolución...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba