Disposición N° 837/DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición23 de Mayo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 837/DGIUR/18
Buenos Aires, 18 de mayo de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 1.546.795/2018, por el que se consulta respecto a la factibilidad
urbanística para la Obra Nueva, a materializarse en el predio de la calle Vilela N°
2021/25/49/51/53/57, esquina Av. San Isidro Labrador N° 4102/22, de acuerdo a la
documentación obrante Nº de orden 53, PLANO-2018-10699329-SSREGIC, y Nº de
orden 54, RE-2018-10639312-SSREGIC, y
CONSIDERANDO:
Que predio en cuestión, se halla emplazado en un Distrito R2bI de Zonificación
General del Código de Planeamiento Urbano;
Que la Gerencia Operativa de Supervisión Interpretación Urbana de esta Dirección
General, mediante Informe Nº 11036028-DGIUR-2018, indica que en cuanto al marco
normativo vigente, se informa que resulta de aplicación la Ley Nº 2930 "Plan Urbano
Ambiental" (BOCBA Nº 3091), Artículo 8º "Hábitat y vivienda" y Artículo 24º.-
Instrumentos Normativos a) Código Urbanístico de la Ley 2930 - Plan Urbano
Ambiental (BOCBA Nº 3091) y el Parágrafo 5.4.1.4 Distrito R2b, del Código de
Planeamiento Urbano;
Que para el correspondiente análisis, se ha presentado la siguiente documentación: s/
Nº de orden 53, PLANO-2018-10699329-SSREGIC: Plantas de la propuesta; s/Nº de
orden 54, RE-2018-10639312-SSREGIC: Cortes, Vistas, Trazado LFI y Cuadro de
superficies; s/Nº de orden 55, RE-2018-10699304-SSREGIC: Perspectivas
renderizadas y Axonometría con cotas de nivel; s/Nº de orden 43, RE-2018-8854832-
SSREGIC: Relevamiento fotográfico del entorno; y la documentación de estudio
extraída de Parcela Digital Inteligente;
Que se trata de la parcela que resulte del englobamiento de las parcelas intermedias
Nº 16A, 18 y 19, sobre la calle Vilela, la parcela de esquina Nº 20 y la parcela
intermedia Nº 21a sobre la Av. San isidro Labrador, emplazadas en la manzana
delimitada por la Av. San Isidro Labrador, y las calles Vilela, Amenabar y Besares;
Que de acuerdo a planchetas catastrales adjuntas, dicho predio, desarrollaría un frente
de 44.24 m. sobre la L.O. de la calle Vilela, 5.90 m. sobre la ochava, y un frente de
24.11 m. sobre la L.O. de la Av. San Isidro Labrador, con una superficie total de
1086.81m² aproximadamente;
Que respecto del área edificable de la parcela, la misma no resulta afectada por el
trazado de la LFI=LIB de la manzana, por lo cual posee ocupación total;
Que con respecto al entorno general, el predio resulta frentista a un Distrito C3I sobre
la Av. San Isidro Labrador, con una importante presencia de edificaciones de alta
densidad y tejido en proceso de consolidación sobre la acera correspondiente a dicho
distrito. Por otro lado, la manzana de implantación presenta un mayor porcentaje de
tejido con bajo nivel de consolidación, pasible de renovación y/o ampliación futura, y
un menor porcentaje de edificios consolidados, visibles en las parcelas Nº 11y 25, con
frentes sobre Amenábar y la Av. San Isidro Labrador respectivamente, en tanto en la
parcela nº 10, se observa la existencia de un edificio de alta densidad, de tipología
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5379 - 23/05/2018

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