Disposición N° 5955/DGDYPC/18

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición28 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N5955/DGDYPC/18
Buenos Aires, 12 de noviembre de 2018
VISTO: El Expediente Electrónico N° 03720958-MGEYA-DGDYPC-2018, y
CONSIDERANDO:
Que se inicia el presente expediente de conformidad con las facultades conferidas por
el artículo 17 de la Ley 941, ante la denuncia del Sr. Quintáns, Marcelo Rubén, contra
Valerio, Marisa Arlene, CUIT Nº 27-13855926-8, por presunta infracción a la ley ritual;
Que corrido traslado de las actuaciones a la denunciada, con fecha 06/04/2018 se
promueve el procedimiento conciliatorio, el que concluye en dicha oportunidad sin
acuerdo entre las partes;
Que por informe IF-2018-10438451-DGDYPC el Registro Público de Administradores
de Consorcios de Propiedad Horizontal puso en conocimiento que Valerio, Marisa
Arlene se encuentra inscripta bajo la matrícula N° 2866;
Que mediante providencia PV-2018-24256997-DGDYPC, se le formula imputación por
presunta infracción al artículo 10 incisos d), e) y f) de la Ley 941;
Que debidamente notificada, la sumariada presenta descargo y acompaña prueba
documental;
Que no quedando diligencias sumariales pendientes, se ordenó el pase de autos a
resolver;
Que en este estado, corresponde emitir acto administrativo definitivo;
Que del análisis de los hechos, surge que se imputó a la administradora la presunta
infracción al artículo 10 incisos d), e) y f) de la Ley 941, cuyo texto reza: “Artículo 10.-
De las liquidaciones de expensas: Las liquidaciones de expensas contendrán: (...) d.
Nombre y cargo del personal del consorcio, indicando categoría del edificio, Nº de
C.U.I.L., sueldo básico, horas extras detalladas, período al que corresponde el pago,
detalles de descuentos y aportes por cargas sociales a cargo del consorcio. e. Detalle
de los pagos por suministros, servicios y abonos a contratistas, indicando nombre de
la empresa, dirección, Nº de C.U.I.T o C.U.I.L., Nº de matrícula, trabajo realizado,
elementos provistos, importe total y en su caso, cantidad de cuotas y número de cuota
que se abona. f. Detalle de pagos por seguros, indicando nombre de la compañía,
número de póliza, tipo de seguro, elementos asegurados, fechas de vencimiento de la
póliza y número de la cuota que se abona. (...)";
Que la precitada imputación por presunta infracción al inciso d) tuvo lugar por cuanto
en la liquidación de expensas del periodo junio/2016 del acápite "Detalle de sueldos y
cargas sociales" no se desprendería la categoría del edificio situado en la calle
Rodríguez Peña 189;
Que al momento de ofrecer su descargo, la sumariada sostuvo que "en el mes 06-
2016 el dato de categoría del edificio y encargado quedó faltante por ser el primer mes
de liquidación el sistema tuvo una falla y no mostró la información" (sic), informando
que dicho dato se consignó a partir de la liquidación correspondiente al mes de
julio/2016;
Que a pesar de lo manifestado, y aun considerando que el dato señalado constaría en
las liquidaciones posteriores, no debe obviarse que los recaudos que se desprenden
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5789 - 28/01/2020

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