Disposición Nº 579/GCABA/DGIUR/15

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición22 de Abril de 2015

VISTO:

El Expediente N° 15.184.269/2014 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso: "Agencia Comercial, Empleo, Turismo, Inmobiliaria; Oficina

Comercial", para el inmueble sito en la calle Posadas N° 1590 Planta Baja, con una

superficie a habilitar de 46,43 m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado al Distrito APH 30 "Av. Alvear y su entorno" de

Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado

Decreto N° 1.181-GCBA-2007;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°

6438790-DGIUR-2015, considera que desde el punto de vista urbanístico y del

Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los

usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el

Distrito;

Que los usos consignados permitidos son: "Servicios Terciarios: Agencias comerciales

de empleo, turismo, inmobiliaria, etc.; Oficina comercial - Oficina consultora";

Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta

alguna, por lo que no corresponde su visado;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANÍSTICA

DISPONE

Artículo 1° Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización

del uso: "Servicios Terciarios: Agencias comerciales de empleo, turismo, inmobiliaria;

Oficina comercial - Oficina consultora" para el inmueble sito en la calle Posadas N°

1590 Planta Baja, con una superficie a habilitar de 46,43 m2, (Cuarenta y seis metros

cuadrados con cuarenta y tres decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la

normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso.

Artículo 2° Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado

publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma,

modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta

Dirección...

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