Disposición N° 576-DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición23 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 576/DGIUR/18
Buenos Aires, 11 de abril de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 9.360.742/2018 por el que se solicita el Visado de Publicidad, para el
inmueble sito en la Av. Pte. Roque Sáenz Peña Nº 947 Planta Baja - U.F Nº 2, y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión está emplazado en al Distrito C1 y se encuentra
Catalogado con Nivel de Protección "Cautelar", según Ley Firme Nº 5095 del
02/10/2014, publicada en BOCBA Nº 4576 del 09/02/15;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe Nº
10266398-DGIUR-2018, indica que el esquema de publicidad presentado en orden 22
del expediente, (Plano-2018-10216056-SSREGIC), no afecta los valores patrimoniales
del inmueble Catalogado, se considera que no existen inconvenientes en acceder a su
visado;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o modificación del toldo y/o publicidad deberá ser consultada a esta Dirección
General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Vísase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, el "Esquema de
Publicidad" obrante a Plano-2018-10216056-SSREGIC para el inmueble sito en la Av.
Pte. Roque Sáenz Peña Nº 947 Planta Baja - U.F Nº 2, debiendo cumplir con toda la
normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso.
Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que toda reforma posterior y/o modificación
del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o modificación del toldo y/o publicidad
deberá ser consultada a esta Dirección General.
Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de
su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación
pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de
pleno derecho lo autorizado precedentemente.
Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente Disposición y el
Esquema de Publicidad obrante a Plano-2018-10216056-SSREGIC al recurrente.
Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido
archívese. Copola
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5359 - 23/04/2018

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