Disposición N 100/GCABA/DGSPR/12

FirmantesCocca
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Seguridad Privada
Fecha de la disposición11 de Abril de 2012

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA

DISPOSICIÓN N 100/GCABA/DGSPR/12SE CONCEDE HABILITACIÓN PARA PRESTAR SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA A LA EMPRESA JENÍZAROS SEGURIDAD SRL

Buenos Aires, 11 de abril de 2012

DISPOSICIÓN N.° 100/DGSPR/12

Buenos Aires, 11 de abril de 2012

VISTO:

la Ley N° 1913 (B.O N° 2363) y N° 3751 (B.O N° 3589); el Decreto N° 446-GCBA/2006 (B.O N° 2436), y la Carpeta N° 77-DGSPR/2011, y

CONSIDERANDO:

Que por la mencionada actuación administrativa tramita la solicitud de habilitación para desempeñarse como prestadora de servicios de seguridad privada en los rubros establecidos en el Artículo 3°, Punto 2: Servicios sin autorización al uso de armas de fuego Incisos a), b) y c) presentada por la empresa JENIZAROS SEGURIDAD S.R.L., con domicilio real en la calle Lavalle N° 119, Planta Baja de Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires y legal en la calle Santiago del Estero N° 370, Planta Baja de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la requirente ha designado Director Técnico en los términos del Artículo 17 y concordantes de la mencionada Ley al señor Héctor Alberto Muzzio D.N.I. N° 16.485.719;

Que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra supeditada a la habilitación previa de la firma interesada, conforme lo establecen los Artículos 9 Inciso c) y 20 Inciso a) de la Ley N° 1913 y su reglamentación aprobada mediante Decreto N° 446-GCBA/2006;

Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley N° 1913 y por el Decreto N° 446-GCBA/2006 para concederle su habilitación, como prestadora de servicios de seguridad privada, en las categorías peticionadas;

Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I, de la Ley N° 3751, Art. 145, inc. 2, por lo que corresponde el otorgamiento de su habilitación por el plazo de dos años contados a partir del día de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR