Disposición N° 878/GCABA/DGTALLYT/07

FirmantesGarbellini
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorDirección General Técnica Administrativa y Legal
Fecha de la disposición20 de Julio de 2007

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL

DISPOSICIÓN N° 878/ GCABA/ DGTALLYT/ 07

MINISTERIO DE DERECHOS HUMANOS Y SOCIALES - DENIEGA SOLICITUD DE CAMBIO DE CRÉDITO A SUBSIDIO A LA SEÑORA ANGÉLICA BEATRIZ GRASSO

Buenos Aires, 20/07/2007

Visto el Decreto N° 1.234/04 y Decreto N° 97/05, la Resolución N° 465-MDHySGC/07 y los Registros Nros. 2.568-MDHySGC/07 y 3.110-MDHySGC/07, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 1.234/04, que creara el Programa de Apoyo Habitacional, con el fin de dar asistencia a grupos familiares alojados en hoteles para contribuir a soluciones habitacionales, implementó un sistema de ayuda por única vez, otorgándoles la posibilidad de optar por percibir un subsidio o un crédito hipotecario;

Que en el art. 7° del decreto citado (modificado por el art. 8° del Decreto N° 97/05), se dispone que en los supuestos de opción crédito, los beneficiarios recibirán un incentivo por el término de seis meses prorrogable por otro período igual por un monto mensual que allí se fija;

Que por Resolución N° 465-MDHySGC/06, se hizo lugar a la solicitud de la señora Grasso Angélica Beatriz, DNI 10.159.686, respecto de la extensión del precitado incentivo, todo ello de acuerdo al derecho que le otorga la normativa vigente, percibiendo dicha extensión el 11 de diciembre de 2006;

Que conforme el art. 11 del Decreto N° 1.234/04 y art. 6° del Decreto N° 97/05 la señora Grasso Angélica Beatriz, en la actualidad no reviste carácter de beneficiaria de la modalidad de Alojamiento Transitorio en Hoteles, y que por lo tanto no resultaría jurídicamente viable la solicitud de cambio de crédito a subsidio, tal como lo señala la Coordinadora Técnica Profesional del Programa Apoyo Habitacional en su Informe N° 564-PAH/07;

Que la Procuración General se ha expedido en igual sentido en el Dictamen PG N° 58.372/07;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL

TÉCNICO, ADMINISTRATIVO Y LEGAL

DISPONE:

Artículo 1°

Deniégase la solicitud de cambio de crédito a subsidio incoada por la señora Grasso, Angélica...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR