Disposición N° 14/GCABA/MGGC/07

FirmantesFígoli-Ávila-Moreto-Crolo-Peroca-Legarre
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorMinisterio de Gobierno
Fecha de la disposición20 de Julio de 2007

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE GOBIERNO

DISPOSICIÓN N° 14/ GCABA/ MGGC/ 07

COMISIÓN DE SELECCIÓN - CLAUDIA SILVINA BUSTOS - SE RECHAZA PLANTEO AL CONCURSO PARA CONTROLADORES ADMINISTRATIVOS DE FALTAS ESPECIALES

Buenos Aires, 20/07/2007

Visto el Decreto N° 340/07 (B.O.C.B.A. N° 2639), la Resolución N° 605-MGGC/07 (B.O.C.B.A. N° 2668), la Disposición N° 2/07 de la Comisión de Selección del Concurso para la Selección de Controladores Administrativos de Faltas (B.O.C.B.A. N° 2717), y el Expediente N° 52.628/07; y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones se presenta la Dra. Claudia Silvina Bustos (DNI 16.478.267), en su carácter de inscripta (Solicitud de Inscripción N° 149) del Concurso para la Selección de Controladores Administrativos de Faltas, solicitando se rectifique la calificación de sus antecedentes que le fuera otorgada por la Comisión de Selección del respectivo concurso;

Que el artículo 1° del Decreto N° 340/07 aprobó el reglamento del Concurso para la Selección de Controladores Administrativos de Faltas y Agentes Administrativos de Atención de Faltas Especiales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que a su vez por Resolución N° 605-MGGC/07 se constituyó la Comisión de Selección y el Jurado de Evaluación para llevar adelante el Concurso de Controladores Administrativos de Faltas;

Que con fecha 4 de mayo de 2007 se publicó el llamado a concurso indicándose que la solicitud de inscripción debía presentarse del 28 de mayo al 1° de junio de este año (cf. B.O.C.B.A. N° 2677);

Que conforme lo dispuesto por el artículo 16 del reglamento del concurso, la Comisión de Selección mediante Disposición N° 2/07 informó acerca de quienes fueron preseleccionados - según surge de su Anexo I - teniendo en cuenta la calificación y el puntaje de antecedentes que se le otorgó a cada inscripto atento las previsiones del artículo 18 del citado reglamento;

Que contra dicha disposición, se presenta la Dra. Claudia Silvina Bustos argumentando no estar de acuerdo con el puntaje obtenido;

Que en primer lugar, corresponde poner de manifiesto que del análisis de las prescripciones que rigen el citado concurso, se desprende que sólo procede la impugnación en dos casos: (a) para los postulantes que han quedado fuera de la preselección y sólo en caso de mediar vicios esenciales de procedimiento o arbitrariedad manifiesta (conf. art. 20 Reglamento del Concurso); y (b) para los inscriptos, que podrán...

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