Disposición N° 2/GCABA/P3F/07

FirmantesGarcía Elorrio
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorF/n Parque Tres de Febrero
Fecha de la disposición30 de Enero de 2007

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

F/N PARQUE TRES DE FEBRERO

DISPOSICIÓN N° 2/ GCABA/ P3F/ 07

CREA EL PROGRAMA DE VOLUNTARIOS DEL PARQUE TRES DE FEBRERO CON EL FIN DE PROMOVER LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Buenos Aires, 30/01/2007

Visto la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, el Decreto N° 350/06 y la Resolución N° 385-MMAGC/06, y

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires promueve la participación ciudadana;

Que, por Decreto N° 350/06 es responsabilidad de este Organismo Fuera de Nivel el "Poner en valor las distintas áreas del Parque Tres de Febrero y realizar acciones que entienda convenientes para el disfrute del Parque por parte de todas aquellas personas que concurren al mismo";

Que, por Resolución N° 385-MMAGC/06 el señor Ministro de Medio Ambiente de la Ciudad de Buenos Aires aprobó el Reglamento para el Uso Sustentable del Parque Tres de Febrero encomendando al Cuerpo Auxiliar del Parque Tres de Febrero la misión de difundir y hacer cumplir la norma;

Que, sin perjuicio de ello, se estima ajustado a la letra y al espíritu de nuestra Constitución el promover la participación ciudadana mediante la creación de un Programa de Voluntarios del Parque Tres de Febrero en el que puedan inscribirse aquellas personas dispuestas a emplear parte de su tiempo libre en tareas de formación de conciencia ambiental de usuarios y difusión de las normas que rigen en el Área de Protección Histórica Parque Tres de Febrero;

Que, en una primera instancia, y por el término de 180 días a partir de su publicación en el Boletín Oficial, el registro de voluntarios estará limitado a los ciudadanos domiciliados dentro de los límites de las futuras Comunas 2, 13 y 14. Vencido ese plazo, el registro se habilitará para personas domiciliadas en el resto del territorio de la Ciudad de Buenos Aires;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL

DEL PARQUE TRES DE FEBRERO

DISPONE:

Artículo 1°

Créase el Programa de Voluntarios del Parque Tres de Febrero con el fin de promover la participación ciudadana en la formación de conciencia ambiental de los usuarios y la difusión de las normas de uso sustentable que rigen en el Área de Protección Histórica Parque Tres de Febrero.

Artículo 2°

Podrán inscribirse en el Registro de Voluntarios del Parque Tres de Febrero las personas mayores de edad, los menores emancipados y los mayores de dieciséis años...

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