Disposición N° 364/GCABA/SIYP/04

FirmantesLopatín
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorConjuntas: (Ex) Dirección General de Planeamiento Interpretativo - (Ex) Secretaría de Infraestructura y Planeamiento
Fecha de la disposición16 de Noviembre de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTODIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO INTERPRETATIVO

DISPOSICIÓN N° 364/ GCABA/ SIYP/ 04

INMUEBLE ESTADOS UNIDOS 374, PB - VISAN EL PLANO DE AJUSTE DE OBRAS REALIZADAS SIN PERMISO Y LOS ESQUEMAS DE CARTELERÍA

Buenos Aires, 16/11/2004

Visto que por Expediente N° 33.273/04 se solicita el visado de planos de Ajuste de obras realizadas sin permiso, reglamentarias, para el inmueble sito en la dirección del epígrafe, destinado al uso Productos alimenticios y/o bebidas, Restaurante, Café - Bar con una superficie de terreno de 105,21 m2, una superficie sin permiso reglamentaria a regularizar de 97,42 m2 y una superficie libre de 13,37 m2, según planos obrantes de fs. 57 a 60,

CONSIDERANDO:

Que el inmueble en cuestión está emplazado en la Zona 2a del Distrito APH1, de acuerdo a lo establecido por el parágrafo 5.4.12.1 del Código de Planeamiento Urbano, figurando en el Catálogo Urbanístico, artículo 10.2.3, con grado de protección Cautelar, C;

Que de acuerdo al parágrafo 5.4.12.1 Distrito APH 1 del Código de Planeamiento Urbano, para la Zona 2a los usos son los que resultan de aplicar las disposiciones del Cuadro de Uso N° 5.4.12.1b para ese Distrito;

Que las obras a ajustar consisten básicamente en el techado, con cubierta traslúcida, de un patio existente en la unidad; la ejecución bajo parte cubierta de tabiques divisorios y la apertura de nuevos vanos;

Que analizados los puntos anteriores se concluye que no existirían inconvenientes en acceder al visado del plano obrante a fs. 57 y sus copias de fs. 58 a 60, con una superficie de terreno de 105,21 m2, una superficie sin permiso reglamentaria a regularizar de 97,42 m2 y una superficie libre de 13,37 m2;

Que el rubro: Comercio minorista.Productos alimenticios y/o bebidas se encuentra expresamente consignado en el Cuadro de Usos N° 5.4.12.1b, del Código de Planeamiento Urbano, resultando Permitido con una superficie máxima de 100 m² en la Zona 2a del Distrito APH1;

Que los rubros Restaurant y Café, Bar, si bien se encuentran consignados en el antes citado Cuadro de Usos, están afectados por la referencia C, habiendo este Organismo estudiado la factibilidad de su localización, concluyéndose que por la superficie afectada (aprox. 98 m²) la actividad puede considerarse en sí, como de baja intensidad, no...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR