Disposición Nº 306/GCABA/DGSPR/16

FirmantesCocca
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Seguridad Privada
Fecha de la disposición 8 de Agosto de 2016

VISTO:

la ley N° 1913 (B.O N° 2363); N° 5494 (B.O N°4792), los Decretos N° 446-GCBA/2006

(B.O N° 2436), y N° 394-GCABA/2013 y la Carpeta e781574, y,

CONSIDERANDO:

Que por la mencionada actuación administrativa tramita la solicitud de habilitación para

desempeñarse como prestadora de servicios de seguridad privada en los rubros

establecidos en el Artículo 3°, Punto 2: Servicios sin autorización al uso de armas de

fuego Incisos a), b) y c), presentada por la empresa PROSEGUR SEGURIDAD S.A.,

con domicilio real en la calle 43 N° 379, La Plata, Provincia de Buenos Aires y

constituido en la calle Tres Arroyos N° 2835, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la empresa en cuestión, la cual gira comercialmente bajo la denominación

"PROSEGUR", presentó oportunamente Título de Marca expedido por el Instituto

Nacional de la Propiedad Industrial bajo el N° 2147443 a favor de "JUNCADELLA

PROSEGUR INTERNACIONAL S.A" concedida hasta el 16/03/2017, mediante

Disposición N° 277/07 , y que la misma acompañó documentaciòn respaldatoria

respecto del contrato de sublicencia de Marca a favor de PROSEGUR COMPAÑIA DE

SEGURIDAD S.A. y asimismo adjuntò el correspondiente Contrato de Licencia de

Marca a favor de PROSEGUR SEGURIDAD S.A.;

Que la requirente ha designado Director Técnico en los términos del Artículo 17 y

concordantes de la mencionada Ley al señor Sbrissa Marcelo Aldo D.N.I. N°

18.382.843;

Que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra supeditada a la

habilitación previa de la firma interesada, conforme lo establecen los Artículos 9 Inciso

  1. y 20 Inciso a) de la Ley N° 1913 y su reglamentación aprobada mediante los

Decretos N° 446-GCBA/2006 y N° 394-GCABA/2013;

Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas

actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley

N° 1913 y por sus Decretos reglamentarios N° 446-GCBA/2006 y N° 394-GCABA/2013

para concederle su habilitación, como prestadora de servicios de seguridad privada,

en las categorías peticionadas;

Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el...

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