Disposición Nº 292/GCABA/DGCONT/15

FirmantesNaveiro
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirecciÓN General de Control
Fecha de la disposición 5 de Mayo de 2015

VISTO:

Los términos de la Ordenanza N° 36.352, el Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el

Expediente N° 064611/02 - EE-2803390-15,

CONSIDERANDO:

Que, por el Expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en

el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y

Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto

Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada

por LOS SOLES

INTERNACIONAL S.A., con domicilio en Av. Pres. Roque Sáenz Peña, 825 P.7° of

703, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo el rubro empresa

de Desinfección y Desratización, otorgada por el expediente n° 52846-2002 a nombre

de LOS SOLES INTERNACIONAL S.A.;

Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa a Mariano

Leonel Sisti, D.N.I. N° 23.525.579, de profesión Ingeniero Agrónomo, quien se

encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de

Desinfección y Desinfestación, bajo el N° 1557;

Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la

pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos

2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto N° 8.151/80;

Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha acompañado el

Certificado N° 2138 del cual surgen que, Costoya Patricio Mariano, Colacelli de

Costoya Cristina, Costoya Jorge Antonio, no registran anotaciones en el Registro de

Deudores Alimentarios Morosos;

Que, en cumplimiento del Art. 9 Dto. 8151 MCBA/80 todo medio informático o

documento de la empresa destinada al usuario debe contener en forma destacada que

puede formular sus quejas, denuncias, sugerencias, etc. ante la Dirección General de

Control Ambiental, sita en la intersección de Castañares y Escalada;

Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el

mismo reúne condiciones reglamentarias;

Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en

relación a la solicitud de reinscripción.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR...

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