Disposición Nº 278/GCABA/DGSPR/15
Firmantes | Cocca |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Seguridad Privada |
Fecha de la disposición | 30 de Septiembre de 2015 |
VISTO:
La Ley N° 1913 (B.O. N° 2363); el Decreto N° 446-GCBA/2006 (B.O. N° 2436), y N°
394-GCABA/2013 y las Disposiciones N° 237-DGSPR/2012, N° 296-DGSPR/ 2013, N°
391-DGSPR/2013, N° 257-DGSPR/2015, y N° 381-DGSPR/2014, y,
CONSIDERANDO:
Que el "CENTRO MEDICO ALMAGRO S.A", sito en la calle Castro Barros N° 210, de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sido incorporado al Registro de Prestadores
Médicos de la Dirección General de Seguridad Privada, por Disposición N° 381-
DGSPR/2014;
Que acorde con los plazos de vigencia establecidos, su vencimiento operará el día
27/10/2015;
Que en el marco de la instrumentación de la Ley 1913, arts. 5 inc. e), 13 y 17, se
emitió la Disposición N° 296-DGSPR/2013, a los fines de la creación de un Registro de
establecimientos privados prestadores de servicios de salud bajo la órbita de esta
Dirección General dependiente de la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana del
Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que en dicha Disposición, se dispuso que la vigencia de la inscripción de los
establecimientos privados prestadores de servicios de salud será de un año, plazo en
el cual deberá solicitarse su renovación;
Que por razones de interés público, esta Dirección General decidió modificar la
vigencia del plazo antes mencionado, mediante la emisión de la Disposición N° 257-
DGSPR/2015, ampliando el mismo al término dos años;
Que atento a lo expuesto, esta Dirección General ha resuelto otorgar, de manera
excepcional, la prorroga del plazo establecido para su renovación hasta el día
28/10/2016;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA
DISPONE
ALMAGRO S.A.", una prórroga del plazo de vigencia de la inscripción establecida en la
Disposición 381-DGSPR/2014, hasta el día 28/10/2016.
período, deberá solicitarse con (30) días de anticipación al vencimiento de la presente,
acompañando la totalidad de la documentación pertinente.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba