Disposición N° 2537-DGDCIV/18

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición22 de Marzo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 2537/DGDCIV/18
Buenos Aires, 15 de marzo de 2018
VISTO:
La Ley Nº 5920, su Decreto Reglamentario Nº 51/18, la Disposición Nº
1358/DGDCIV/18 y;
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 5.920 se creó el Sistema de Autoprotección de aplicación obligatoria a
todos los edificios, establecimientos y/o predios, con afluencia de público, dentro del
ámbito público como del ámbito privado, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Decreto N° 51/18, reglamentario de la ley citada, en su Artículo N° 15 del
Anexo I establece como Autoridad de Aplicación a la Dirección General de Defensa
Civil dependiente de la Subsecretaría de Emergencias del Ministerio de Justicia y
Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en este orden de ideas, y en uso de las facultades que le fueran conferidas, la
Autoridad de Aplicación ha dictado la Disposición Nº 1358/DGDCIV/18, como norma
operativa y complementaria a las precitadas;
Que, en primer lugar, conviene aclarar que la nueva normativa establece el innovador
concepto de "Autoprotección", entendiendo al mismo, como el involucramiento activo
de los ocupantes del edificio en la primera respuesta a la emergencia, concepto que
resulta superador a la mera evacuación;
Que con en ella, se busca mejorar la política de prevención y respuesta ante
emergencias y catástrofes en beneficio de la comunidad;
Que a raíz de lo mencionado en el párrafo anterior, la presente normativa pretende
superar los inconvenientes detectados en normativas anteriores, fijando requisitos que,
sin desmedro de la seguridad, resulten acordes a los recursos humanos disponibles,
requiriendo por estos motivos, que el personal asignado a un determinado rol, reciba la
capacitación correspondiente, garantizando de esta manera la seguridad de las
personas y de los bienes en caso de una emergencia;
Que en este sentido, la Dirección General de Defensa Civil, en su Disposición N°
1358/18 ha establecido la obligatoriedad de adjuntar una grabación de video para
determinados supuestos al presentar los Planes de Autoprotección;
Que lo que se intenta es que la implementación de dicha práctica haga más efectiva la
respuesta en casos reales, reduciendo al mínimo los niveles de pérdida de vidas
humanas y bienes materiales;
Que los actos administrativos están dirigidos a la satisfacción directa e inmediata del
bien común o interés publico, como elemento ordenador, regulador y sistematizador
del desenvolvimiento de la función administrativa del Estado;
Que las normas dictadas por la administración tienen, pues, un carácter instrumental
en relación con la gestión del bien común, causa final del Estado;
Que esa preponderante incidencia del interés publico, no importa que los derechos
subjetivos e intereses legitimos de los particulares dejen de concurrir como datos de
ineludible reconocimiento y protección, ni que los titulares de esas prerrogativas no
deban ser considerados;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5340 - 22/03/2018

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