Disposición N 24/GCABA/DGIUR/09

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición 9 de Enero de 2009

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPOSICIÓN N 24/GCABA/DGIUR/09SE DEJA SIN EFECTO LA DISPOSICIÓN N° 590-DGIUR/08

Buenos Aires, 09 de enero de 2009

DISPOSICION N.° 24/DGIUR/09.

Buenos Aires, 9 de enero de 2009

VISTO:

El Expediente N° 28.525/2008 y la Disposición N° 590-DGIUR-08, y

CONSIDERANDO:

Que por Presentación Agregar N° 1 el recurrente solicita el cambio de rubro otorgado por Disposición N° 590-DGIUR-0 obrante a fs. 40 y vta. en la que se autorizó la localización de la actividad Appart Hotel en el predio sito en la calle Fitz Roy N° 2172/78 de Planta Baja a 8° piso;

Que en esta oportunidad el recurrente solicita localizar en el predio un Hotel sin servicio de comida indicando que no se proveerá de cocina a las habitaciones y que se acondicionará el local en cuestión de acuerdo a lo requerido por el Código de Edificación vigente;

Que el inmueble en cuestión se encuentra afectado al Distrito U20 Z4 de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano, Ley N° 449 Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007 (BOCBA N° 2.772) y modificado según Ley N° 2567 (BOCBA N° 2829);

Que en este caso la Zona 4 se caracteriza por ser residencial de media y alta densidad con equipamiento comercial y de servicios a nivel zonal en la que se admiten edificios entre medianera, de perímetro libre y perímetro semilibre. El área edificable se encuentra graficada en los planos N° 5.4.6.21 c1, c2 y c5, el retiro de frente graficado en dicho plano, será de cumplimiento optativo, en este caso se trata de construcciones registradas en el año 2006;

Que la normativa actualmente vigente indica que se admite la actividad de Hotel, pero solo podrá instalarse, uno por cuadra. Y que del relevamiento oportunamente efectuado, surgió que en la cuadra se observaban restaurantes, locales comerciales y vivienda;

Que en su oportunidad el Área Técnica competente expresó que los requerimientos de carga, descarga y estacionamientos, resultaban de carácter optativo por tratarse de una parcela con ancho libre menor a 10 metros...

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