Ley N° 2567

FirmantesDe Estrada-Bello
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición29 de Noviembre de 2007

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 2567

SE MODIFICA AFECTACIÓN DE POLÍGONO DEL BARRIO NUEVO COLEGIALES Y SE SUSTITUYE EL ARTÍCULO 1 DE LA LEY 450 - SE CATALOGA CON NIVEL DE PROTECCIÓN CAUTELAR AL INMUEBLE EN ARÉVALO 2024 AL 52, ESQ. NICARAGUA 6065 - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - CPU

Buenos Aires, 29/11/2007

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1°

Desaféctase del Distrito de Zonificación E3 a las parcelas comprendidas por el polígono delimitado por los ejes de las calles Fitz Roy, Niceto Vega, Humboldt, y Paraguay hasta su intersección con la calle Fitz Roy; aféctense dichas parcelas al Distrito U20 - Barrio Nuevo Colegiales.

Artículo 2°

Desaféctase del Distrito U20 - Barrio Nuevo Colegiales a las parcelas frentistas a Av. Santa Fe entre la calle Humboldt y las vías del ex Ferrocarril General Bartolomé Mitre; aféctense dichas parcelas al Distrito de Zonificación C3I.

Artículo 3°

Sustitúyase el Parágrafo 5.4.6.21 Distrito U20 - Barrio Nuevo Colegiales del Código de Planeamiento Urbano, por el texto que obra en el Anexo I, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.

Artículo 4°

Efectúese la división catastral del predio delimitado por la avenida Álvarez Thomas, Concepción Arenal, Conde y Dorrego, el que quedará dividido en dos predios: el primero delimitado por Av. Álvarez Thomas, Concepción Arenal, Gral. Enrique Martínez y Dorrego; y el segundo delimitado por la calle Gral. E. Martínez, Concepción Arenal, Conde y Dorrego.

Artículo 5°

Sustitúyase el artículo 1° de la Ley N° 450 por el siguiente texto: Aféctase el predio delimitado por el eje de la avenida Álvarez Thomas, eje de la calle Concepción Arenal, eje de la calle Gral. E. Martínez y eje de la calle Dorrego hasta su intersección con la avenida Álvarez Thomas, para el funcionamiento de un mercado de objetos varios denominado Mercado de Pulgas y el desarrollo en el mismo de un área artística, cultural y educativa.

Artículo 6°

Aféctese el predio delimitado por las calles Conde, Concepción Arenal, Gral. Enrique Martínez y Dorrego a Zonificación UP (Urbanización Parque).

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