Disposición N 388/GCABA/DGIUR/10

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición20 de Abril de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPOSICIÓN N 388/GCABA/DGIUR/10SE AUTORIZA LOCALIZACIÓN DE USOS PARA EL INMUEBLE SITO EN MARISCAL ANTONIO JOSÉ DE SUCRE 628/32

Buenos Aires, 20 de abril de 2010

DISPOSICION N.° 388/DGIUR/10.

Buenos Aires, 20 de abril de 2010

VISTO:

El Expediente N° 6.661/2009 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso "Oficina Comercial y Comedor para Personal", en el local sito en la calle Mariscal Antonio José de Sucre N° 628/32, Planta Baja y 1° Piso, con una superficie a habilitar de 595,71m², y

CONSIDERANDO:

Que el inmueble en cuestión se encuentra afectado a la Zona Z6 del Distrito U23 "Barrio Nuevo Belgrano" según lo dispuesto por el Parágrafo 5.4.6.24, de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano, Ley 449 Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007 y modificado por la Ley N° 2606;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen N° 3577-DGIUR-2009, indica que en el caso del predio en estudio,el cambio normativo no modificó la afectación de la parcela en estudio a la Zona 6, nitampoco modificó los usos permitidos en la Zona de acuerdo a su carácter.

- Usos Permitidos:

a)Gastronómicos.

b)Recreativos (casas de fiesta, café-concert, boites y salas de bailes).

c)Espectáculos públicos (cines, teatros, auditorios, variedades).

d)Vivienda de servicios de (a, b y c) superficie máxima 91m².

e)Canchas de tenis y de frontón con raqueta (1).

- Requeridos: (Mínimos para guarda, estacionamiento y movimiento de vehículos)

Carga, descarga y estacionamiento según lo establecido en el Cuadro de Usos N° 5.2.1. a);

Que conforme surge de la norma mencionada el uso solicitado en estos actuados no resulta mencionado en forma expresa;

Que el Art. 5.2.1."Usos del Suelo Urbano y su Clasificación", del Código ya citado, establece que:..."El Consejo podrá adecuar los cuadros de usos especiales de estos distritos a los Cuadros de Usos 5.2.1.a) y 5.2.1.b) correlacionando los distritos de zonificación general con los subdistritos o subzonas de las normativas especiales";

Que analizado lo solicitado frente...

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