Disposición Nº 1806/GCABA/DGIUR/15

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición22 de Octubre de 2015

VISTO:

El Expediente N° 21835602/2015 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar los usos: "Comercio minorista: Antigüedades, objetos de arte; Galería de

arte", para el inmueble sito en la calle Perú N° 883/85, Planta Baja, U.F. N° 1, con una

superficie a habilitar de 84.31 m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 2d del Distrito APH 1 de Zonificación

General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N°

1.181-GCBA-2007;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°

29412500-DGIUR- 2015, informa que los Usos Consignados Permitidos son:

"Comercio minorista: antigüedades, objetos de arte, galería de arte";

Que desde el punto de vista urbano se considera que los rubros solicitados no originan

impactos relevantesen la zona 2d ni en el Distrito APH 1;

Que se visan los usos solicitados, dejando constancia que el visado no implica la

habilitación de los mismos;

Que no se visa publicidad, toda vez que en la página 3 del IF 28697520-DGIUR-2015

se declara: "...se compromete a no colocar en el frente del establecimiento ningún tipo

de marquesina, cartelería e relieve o cualquier tipo de señalética que sobresalga de la

superficie de la fachada", y en las fotografías obrantes a pagina 4 no se visualiza cartel

publicitario;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPONE

Artículo 1° Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización

de los usos: "Comercio minorista: Antigüedades, objetos de arte; Galería de arte", para

el inmueble sito en la calle Perú N° 883/85, Planta Baja, U.F. N° 1, con una superficie a

habilitar de 84.31 m2 (ochenta y cuatro metros cuadrados con treinta y un decímetros

cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación

para el presente caso.

Artículo 2° Hágase saber al recurrente, que sin...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR