Disposición N° 1641/DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición18 de Octubre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 1641/DGIUR/18
Buenos Aires, 8 de octubre de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 23.746.854/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Comercio Minorista de Carne, Lechones, Achuras, Embutidos;
Comercio Minorista Aves muertas y peladas, Chivitos, Productos Granja, Huevos H/ 60
Docenas" para el inmueble sito en la Av. Federico Lacroze N° 3266 Planta Baja. UF N°
1, con una superficie a habilitar de 55,48 m², y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 5 del Distrito U20 según lo establecido
por Ley Nº 2567 (B.O. Nº 2829 de fecha 11/12/07);
Que de acuerdo a la Ley Nº 2567, en el punto 7.5 Usos permitidos; "Se admitirán los
usos consignados para el distrito de zonificación E3, según Cuadro de Usos Nº 5.2.1
a). En todos los casos deberá darse cumplimiento a los requerimientos de
estacionamiento, carga y descarga establecidos en dicho Cuadro y a la Ley 123, sus
modificatorias y ampliatorias";
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
27205391-DGIUR-2018, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los
usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el
Distrito;
Que de acuerdo al Cuadro de Usos 5.2.1., respecto a las actividades se informa que el
uso "Com. Min. De Carne, Lechones, Achuras, Embutidos (600000).Com. Min. Aves
Muertas Y Peladas, Chivitos, Prod. Granja, Huevos H/ 60 Docenas (600030)" se
encuadra en el rubro "Productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado,
supermercado y autoservicio), (se opere o no por sistema de venta autoservicio) -
Tabaco, productos de tabaquería y cigarrería" Encontrándose permitido con una
superficie de hasta 200m para el distrito E3;
Que con respecto a los rubros solicitados, a la documentación presentada y a la
situación del predio ante su entorno inmediato, se informa:
Que la superficie total que se pretenden habilitar, es de 55.48m².
Los usos solicitados no deben encontrarse prohibidos en el reglamento de
copropiedad.
Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta
alguna, por lo que no corresponde su visado;
Que por todo lo expresado anteriormente y de acuerdo a los parámetros dispuestos
para el estudio de la localización del uso propuesto en los Distritos E3, esta Gerencia
Operativa entiende que no existiría inconveniente en hacer lugar a los rubros de:
"Comercio Minorista de Carne, Lechones, Achuras, Embutidos; Comercio Minorista
Aves muertas y peladas, Chivitos, Productos Granja, Huevos H/ 60 Docenas";
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5480 - 18/10/2018

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