Disposición Nº 1590/GCABA/DGET /16
Firmantes | Harilaos |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Evaluación Técnica - Apra |
Fecha de la disposición | 26 de Septiembre de 2016 |
VISTO:
Las Leyes N° 123, N° 2.216, el Decreto N° 222/12, la Resolución N° 213-APRA/12, la
Disposición N° DI-2.012-117-DGTALAPRA, el Expediente N° EX-2.016-20.888.592-
MGEyA-APRA, y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente N° 1.061.856/10 y mediante Resolución N° 213-APRA/12 se
categorizó como de Impacto Ambiental Con Relevante Efecto, en los términos del
inciso c) del artículo 28 de la Ley N° 123 al proyecto: "Prioridad peatón: calle Tacuarí
entre Avenida de Mayo y Avenida Martín García", con una superficie aproximada de
20.000 m2;
Que con fecha 27 de junio de 2012 se otorgó, por el término de cuatro (4) años, el
Certificado de Aptitud Ambiental N° 17.503, a nombre de la "Subsecretaria de
Proyectos de Urbanismo, Arquitectura e Infraestructura del Ministerio de Desarrollo
Urbano";
Que por la presente actuación continua la tramitación digitalizada del Expediente N°
1.061.856/10;
Que en virtud de las modificaciones introducidas por la Ley N° 5.460, la cual sancionó
la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad, y el Decreto N° 363/15, la cual aprobó
la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad, corresponde la titularidad
del proyecto categorizado a la "Subsecretaria de Obras del Ministerio de Desarrollo
Urbano y Transporte"; no obstante, según lo manifestado por Informe N° IF-2016-
21619670-DGET se solicita la titularidad del proyecto a nombre de la "Dirección
General de Obras de Infraestructura Urbana";
Que por Nota N° NO-2016-21416445-DGOINFU, de fecha 15 de septiembre de 2.016,
el Director General de Obras e Infraestructura Urbana solicita la renovación del
Certificado de Aptitud Ambiental;
Que el Certificado de Aptitud Ambiental N° 17.503, venció el día 27 de junio de 2.016,
por lo cual no se encuentra vigente;
Que de la documentación presentada surge que las obras contempladas en la
categorización no fueron realizadas;
Que se solicita una modificación del proyecto disminuyendo la superficie a intervenir,
la cual se desarrollará en la "calle Tacuarí entre Avenida de Mayo y Avenida
Belgrano";
Que los impactos asociados al proyecto quedarán acotados a la nueva traza, de una
longitud aproximada de cuatro (4) cuadras;
Que el proyecto no se encuentra contemplado en el Cuadro de Categorización, Anexo
II del Decreto N° 222/12, por lo que corresponde a la Autoridad de Aplicación la
categorización;
Que se presentaron los Indicadores de Valoración Ambiental, Formularios A y B,
conforme el Anexo IV de la Disposición N° DI-2.012-117-DGTALAPRA, de los cuales
se obtuvo un Puntaje total de "2,00", resultando la categorización como de Impacto
Ambiental Sin Relevante Efecto;
Que por Informe N° IF-2016-21727610-DGET, con fecha 21 de septiembre de 2.016,
la Gerencia Operativa de Prevención y Planificación de esta Dirección General evalúa
la documentación presentada y manifiesta que corresponde acceder a lo solicitado,
efectuando una revisión de las condiciones establecidas de funcionamiento a la luz de
las modificaciones introducidas en la normativa ambiental y modificar la categorización
oportunamente otorgada, a: como "Sin Relevante Efecto";
Que en virtud de la modificación del proyecto y su recategorización...
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