Disposición Nº 1517/GCABA/DGIUR/15
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 10 de Septiembre de 2015 |
VISTO:
El Expediente N° 6.677.898/2015 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Comercio Minorista: productos alimenticios envasados (601005); de
bebidas en general envasadas; golosinas envasadas (Kiosco) y todo lo comprendido
en la Ord. 33266; helados (sin elaboración)", para el inmueble sito en la calle
Chacabuco N° 516 Planta Baja y Sótano U.F N°4, con una superficie a habilitar de
93,61 m2, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 4d Distrito APH 1 "Zona de
Amortiguación" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449,
Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°
22748860-DGIUR-2015, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los
usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el
Distrito;
Que los usos consignados Permitidos son: "Comercio Minorista: Productos
alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio) - (se
opere o no por sistema de venta - autoservicio) - Tabaco, productos de tabaquería y
cigarrería; Quiosco";
Que se visa Esquema de Publicidad que se observa en la fotografía obrante a las
página 1 del Informe Gráfico IF-22256383-DGIUR-2015 (N° 14 de orden), cumplimenta
la normativa en la materia, no existe inconvenientes en su localización;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
del uso: "Comercio Minorista: productos alimenticios envasados (601005); de bebidas
en general envasadas; golosinas envasadas (Kiosco) y todo lo comprendido en la Ord.
33266; helados (sin elaboración)", para el...
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