Disposición Nº 1377/GCABA/DGIUR/15

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición20 de Agosto de 2015

VISTO:

El Expediente N° 16.687.387/2015, por el que se solicita la localización de usos, en el

predio sito en la calle Bonpland N° 1.580 Planta Baja con una superficie de 37,64 m2,

y;

CONSIDERANDO:

Que el predio en cuestión, se encuentra afectado a la Z2b del Distrito U20 de

Zonificación del Código de Planeamiento Urbano Ley N° 449, modificado por Ley N°

2.567 (BOCBA N° 2.829);

Que, en el IF-2015-20769312-DGIUR la Gerencia Operativa de Grandes Proyectos

Urbanos informa que los interesados solicitan la localización de los usos "Casa de

comidas - rotiseria; Comercio minorista de bebidas en general envasadas";

Que, conforme surge de la norma mencionada, el carácter urbanístico del área está

dado por la localización de vivienda de baja densidad y equipamiento comercial diario,

donde se admiten expresamente: "Residencia: vivienda individual y colectiva, baulera.

Comercio minorista: fiambrería, lechería, almacén, panadería (expendio), quiosco;

Venta diarios, revistas, Farmacia Venta de ropa confeccionada, lencería, blanco,

mantelería, textiles en general y pieles, máximo 50m2 y hasta 2 por cuadra Educación:

preescolar y primaria, guardería Servicios: consultorio o estudio profesional, garage;

Alimentación en general: en las parcelas frentistas a las calles Honduras, Gorriti y

Bonpland, entre J. A. Cabrera y Honduras se admitirán los siguientes usos:

restaurante, cantina, casa de lunch, café, bar, whisquería, cervecería, parrilla, pizzería,

lácteos, grill, heladería, elaboración de empanadas, churros, flanes, facturas, con

servicio de entrega a domicilio y su referencia. No se permitirá la actividad

complementaria de música y canto. En el resto del polígono descripto en el item 4.2.1.

se admitirán los usos de alimentación en general con la localización máxima de dos (2)

por acera, incluyendo las esquinas, no permitiéndose la ocupación de las mismas ni la

actividad complementaria de música y canto. Con consulta al Consejo: Casa Pensión,

Hospedaje, Hostal (condicionado por el inmueble), Hotel residencial, Hotel 1 estrella,

Escuela secundaria (oficial o privada), Academia e Instituto de Enseñanza. En todos

los casos deberá darse cumplimiento a los requerimientos de estacionamiento...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR