Disposición Nº 1261/GCABA/DGAR/14
Firmantes | Riobó |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General Administración de Recursos |
Fecha de la disposición | 12 de Noviembre de 2014 |
VISTO:
La Ley N° 2.095 y su modificatoria Ley N° 4764, su Decreto Reglamentario N°
95/GCABA/14, Ley Nacional 26.058, Ley 2092/06 de la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, Vigesimoctavo Protocolo Adicional del Convenio Marco de
Cooperación entre el INET del MEN y el MEGC, Anexo I Resolución CFE 175/12,
Resolución N° 850/12 INET, Resolución 3284/MEGC/06, Resolución 3288/MEGC/06,
la Resolución N° 1652/MEGC/2013, el Expediente Electrónico N° EX-2014-13477508-
- MGEYA-DGAR, el Expediente Electrónico N° EX-2014-16442684- -MGEYA-DGAR y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente Electrónico N° 16442684/DGAR/2014 tramita la adquisición de
Herramientas, Materiales, Bibliotecas e Insumos para Actividades Formativas a la
Escuela Técnica N° 07 DE 05 radicada en esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en
el marco del Proyecto Pedagógico registrado bajo el N° 611e impulsado a través de
los programas de financiamiento por el Instituto Nacional de Educación Tecnológica a
través del Ministerio de Educación de la Nación
Que, mediante la Disposición 1202/DGAR/2014, esta Dirección General aprobó el
Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, y se llamó
a la Licitación Privada 18/14 para el día 14 de Noviembre de 2014 a las 11, al amparo
de lo establecido en el Artículo 31, concordante con el primer párrafo del Artículo 32 de
la Ley N° 2095 y su modificatoria Ley N° 4764;
Que el sistema SADE no permite la tramitación y carga de documentación en el
Expediente Electrónico N° EX-2014-13477508- - MGEYA-DGAR por el cual tramitaba
originariamente este procedimiento;
Que en ese contexto no fue posible realizar la publicación de la mencionada
Disposición en la página Web del Gobierno de la Ciudad con el plazo de antelación
exigido por la normativa vigente;
Que siendo la publicación un requisito indispensable y esencial para perfeccionar el
llamado de marras, resulta necesario postergar la fecha de apertura de la Contratación
en cuestión.
Por ello, y en virtud de lo dispuesto por la Ley N° 2.095, su modificatoria y el Decreto
N° 95/GCBA/14,
EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS
DISPONE
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