Disposición Nº 104/GCABA/DGSPR/15
Firmantes | Cocca |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Seguridad Privada |
Fecha de la disposición | 6 de Abril de 2015 |
VISTO:
la Ley N° 1913 (B.O N° 2363) y N° 5238 (B.O N°4550), los Decretos N° 446-
GCBA/2006 (B.O N° 2436), y N° 394-GCABA/2013 (B.O. N°4248), las Disposiciones
N° 047-DGSSP/2003, N°016-DGSSP/2005, N°110-DGSSP/2006, N°130-DGSP/2007,
N°071-DGSPR/2009, N°76-DGSPR/2011, N°087-DGSPR/2013 y la Carpeta N° 204-
DGSSP/2002, y
CONSIDERANDO:
Que la empresa ROAD SEGURIDAD S.A. con domicilio real en la calle Esteban
Echeverría N° 2864 PB, Munro, Provincia de Buenos Aires, y domicilio legal en la calle
Alsina N° 1535, Piso 9° Dpto. "901" de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha sido
habilitada oportunamente para prestar servicios de seguridad privada en Jurisdicción
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por Disposición N°047-DGSSP/2003;
Que el plazo de su última habilitación se encuentra próximo a vencer en fecha
06/04/2015 la interesada solicito su renovación en las categorías establecidas por la
Ley N° 1913 en su Artículo 3° sin autorización al uso de armas de fuego: Punto 2,
Incisos a), b) y c).
Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra
condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General,
en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente, conforme lo
establecen los Arts. 9° Inciso c) y 20 Inciso a) de la Ley N° 1913 y reglamentación
aprobada por los Decretos N° 446-GCBA/2006 y N°394-GCABA/2013;
Que con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico, en
los términos del Art. 17 y concordantes de la mencionada Ley al Señor Darío Gabriel
Hidalgo, D.N.I N° 22.616.904.
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley
N° 1913 y por sus Decretos reglamentarios N° 446-GCBA/2006 y N°394-GCABA/2013
para concederle la renovación de su habilitación, como prestadora de servicios de
seguridad privada, en las categorías peticionadas y en consecuencia para otorgarle el
alta en la actividad por un nuevo período;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido...
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