Disposición N° 0022

Fecha de Entrada en Vigor14 de Abril de 2017
EmisorMinisterio de Justicia y Derechos Humanos
Fecha de la disposición28 de Enero de 2016

DISPOSICIÓN N° 0022

SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional

22 de Junio de 2016.

VI S T O:

El Expediente Nº 02001-0030380-9 del Registro de Información de Expedientes- MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS- mediante el cual se gestiona la inscripción y matriculación de postulantes en el Registro de Mediadores y Comediadores Prejudiciales de la Provincia de Santa Fe pertenecientes al Nodo Venado Tuerto; y

CONSIDERANDO:

/Que mediante Decreto N° 1747/11, modificado por Decreto Nº 4688/2014, se reglamenta la Ley Nº 13.151 de Mediación;

Que, por Disposición N° 0004/16 -M.J.D.H- se convoca a la inscripción en el Registro de Mediadores y Comediadores de la Provincia de Santa Fe para los Nodos de Santa Fe, Rosario, Venado Tuerto, Rafaela y Reconquista, estableciendo asimismo el procedimiento a tal fin;

Que, los postulantes que se detallan en el Anexo Único que forma parte de la presente, solicitan su inscripción en el sitio web www.santafe.gov.ar/mediación y presentan toda la documentación requerida en la Agencia de Gestión de Mediación perteneciente a su domicilio- para su inscripción en el Registro de Mediadores y Comediadores de la Provincia de Santa Fe en carácter de MEDIADORES o

COMEDlADORES, en las distintas Sedes de Mediación, comprendidas en los Nodos de Santa Fe, Rosario, Venado Tuerto, Rafaela y Reconquista;

Que, asimismo constituyen domicilio a fin de realizar las mediaciones en Oficinas de Mediación o en Centros de Mediación, habilitados a tal fin;

Que, los peticionantes han cumplido, de conformidad a los informes de los estamentos técnicos de ésta Dirección Provincial, con los requisitos exigidos por la Ley Nº 13.151, el Anexo 1 del Decreto Nº 1747/11, modificado por Decreto 4688/2014, Resolución Nº 0413/11 y Disposición N° 0004/2016;

Que la suscrita se encuentra facultada para el dictado de la presente medida de conformidad a lo previsto en los artículos y del Anexo 1 del Decreto Nº 1747/11;

POR ELLO:

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE DESJUDICIALIZACIÓN DE LA SOLUCIÓN

DE CONFLICTOS INTERPERSONALES

DISPONE

ARTÍCULO 1°

Inscríbase a los MEDIADORES y COMEDIADORES en el Registro de.

Mediadores y Comediadores Prejudiciales de la Provincia de Santa Fe, bajo los números de

matrícula y en las sedes de mediación que se detallan en el ANEXO ÚNICO y que forma

parte de la presente, a los efectos de lo dispuesto en la Ley N°13.151 y la normativa vigente

en la materia.

ARTÍCULO...

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