Disposición 952/2021

Fecha de publicación21 Diciembre 2021
SecciónDisposiciones
EmisorAGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL


Ciudad de Buenos Aires, 17/12/2021

VISTO: El expediente EX-2021-60134130- APN-DGA#ANSV del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las Leyes Nacionales Nros. 19.511, 24.449, 25.650, 26.353 y 26.363, los Decretos Reglamentarios Nros. 779/95, 1.232/2007, y 1.716/2008, la Disposición de la Dirección Nacional de Comercio Interior N° 661/2009, las Disposiciones ANSV Nros. 35/2010 y 294/2010 y

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente de la referencia, el municipio de Villa La Angostura, de la provincia de Neuquén, solicitó la intervención de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV), en su carácter de autoridad máxima nacional en materia de seguridad vial, a fin de que la misma proceda a otorgar homologación y autorización de uso de UN (1) cinemómetro controlador de velocidad de instalación móvil con registro gráfico marca STALKER, modelo LIDAR, N°. de serie LS080306, para ser utilizado en el tramo comprendido entre el Km. 2100 y el Km 2125 de la Ruta Nacional N° 40, en ambos sentidos de circulación.

Que el cinemómetro controlador de velocidad cuya homologación y autorización de uso se pretende, cuenta con certificado de aprobación de modelo, otorgado por la Dirección Nacional de Comercio Interior mediante Disposición N°. 661 del 30 de diciembre de 2009; con Informe de Verificación Primitiva, N° 36643 10mo parcial y final, emitido por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL, y con Certificado de Verificación Primitiva N° ML-A-001.273/2010, expedido por la Dirección Nacional de Comercio Interior.

Que dicho dispositivo cumple con las especificaciones y tolerancias reglamentarias de la normativa vigente de conformidad con lo regulado en los apartados 2, 3, 5 y 6 del Anexo II del Decreto 1.716/2008.

Que la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, conforme lo establecido en el art 4° inciso ñ) de la Ley N° 26.363 tiene como función autorizar la colocación en caminos, rutas y autopistas de jurisdicción nacional de sistemas automáticos y semiautomáticos de control de Infracciones, como así también el uso de estos sistemas por las autoridades de constatación, previendo que las homologaciones y verificaciones del funcionamiento de los mismos deberá coordinarse con los demás Organismos nacionales competentes en la materia, de conformidad con las Leyes N° 19.511 y N° 25.650.

Que la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, acorde a lo instaurado en los apartados 1 y 10 del Anexo II del Decreto N° 1716/2008 es responsable por la homologación de...

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