Disposición 773/2021

Fecha de publicación26 Enero 2021
SecciónDisposiciones
EmisorADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA


Ciudad de Buenos Aires, 22/01/2021

VISTO el EX-2020-90107241-APN-DPVYCJ#ANMAT, y;

CONSIDERANDO:

Que en las actuaciones citadas en el VISTO la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAl) informó las acciones realizadas en el marco de un programa de monitoreo en relación a la comercialización de los productos: Leche en polvo descremada instantánea fortificada con vitaminas A y D. Peso Neto 400g, RMPA 21-101498 y Leche en polvo entera instantánea fortificada con vitaminas A y D, Peso Neto 400 g, RNPA 21-101499, rotulados con símbolo de alimento libre de gluten, marca Great Valley elaborados por RNE Nº M-522300 y fraccionados por Great Valley - República del Líbano 443 - Distrito Norte - Río Cuarto – Córdoba, que no cumplen la normativa alimentaria vigente.

Que en el marco de la investigación, la ASSAl tomó muestras de los productos en la localidad de Firmat, provincia de Santa Fe.

Que según los informes de rotulación N° 36445 y 36446 realizados por la citada Agencia concluyeron que el RNE declarado no se correspondía con ninguna jurisdicción provincial del país y en cuanto a los registros de producto N° 21-101499 y 21-101498 pertenecían a productos de la razón social La Ramada S.A, RNE N° 21-113456.

Que atento a ello, la ASSAl realizó una auditoria en el establecimiento La Ramada S.A, y por AMP N° 27857 informó que no detectó los productos denunciados ni sus rótulos, asimismo la empresa manifestó no tener relación comercial ni conocimiento de la firma “Great Valley”.

Que por ello la ASSAl por Disposición ASSAl N° 20 /2020 estableció la alerta alimentaria y prohibió la elaboración, fraccionamiento, tenencia, transporte, comercialización y exposición, y en su caso decomiso, desnaturalización y destino final de los productos citados, como asimismo todo otro producto del RNE N° M-522300.

Que asimismo, la ASSAl notificó el Incidente Federal N° 2582 en la Red del Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria - Red SIVA

Que por otra parte, el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) realizó la Consulta Federal N° 6190 a través del Sistema Federal de Información para la Gestión de Alimentos (SIFeGA), a la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la Provincia de Córdoba a los fines de verificar si el RNE se encuentra autorizado, la que indicó que es inexistente.

Que los productos se hallan en infracción al artículo 3° de la Ley N° 18.284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto N°...

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