Disposición 73 - E.

Fecha de disposición25 Noviembre 2016
Fecha de publicación25 Noviembre 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Disposición 73 - E/2016

Buenos Aires, 18/10/2016

VISTO el Expediente Nº 1.727.463/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 24.013, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que la firma NESTLE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, celebra un acuerdo directo con el SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION FILIAL BUENOS AIRES, obrante a fojas 22/26 del Expediente N° 1.727.463/16, el cual es ratificado a foja 35 por las partes, donde solicitan su homologación.

Que bajo el mentado acuerdo las partes pactan la suspensión del personal detallado a fojas 25/26, en el marco del art. 223 bis de la LCT, conforme a los términos y condiciones del texto pactado.

Que asimismo, mediante el acta de foja 35, las partes incorporan dos trabajadores a los términos del mencionado acuerdo, en atención a lo allí expuesto.

Que si bien se encuentra vigente lo regulado en la ley 24.013 y el Decreto N° 265/02 que impone la obligación de iniciar un Procedimiento de Crisis con carácter previo al despido o suspensión de personal, atento al consentimiento prestado por la entidad sindical en el acuerdo bajo análisis, se estima que ha mediado un reconocimiento tácito a la situación de crisis que afecta a la empresa, resultando la exigencia del cumplimiento de los requisitos legales un dispendio de actividad.

Que en razón de lo expuesto, procede la homologación del mismo y del acta complementaria, el cual será considerado como acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derecho individual del personal afectado.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos, y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que por último, se les hace saber que de requerir cualquiera de las partes la homologación administrativa en el marco del Artículo 15 de la Ley N° 20.744, es necesario que los trabajadores manifiesten su conformidad en forma personal y ello deberá tramitar ante la Autoridad Administrativa competente.

Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis toma la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 186/16.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL

DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTÍCULO 1º

Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre la firma NESTLE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y el SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION FILIAL BUENOS AIRES, obrante a fojas 22/26 del Expediente N° 1.727.463/16 conjuntamente al acta complementaria de foja 35.

ARTÍCULO 2º

Gírese al Departamento...

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