Disposición 576-E.
Fecha de disposición | 28 Noviembre 2017 |
Fecha de publicación | 28 Noviembre 2017 |
Sección | Disposiciones |
AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
Disposición 576-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 24/11/2017
VISTO el expediente N° S02:0039842/2017 del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las Leyes N° 24.449 y N° 26.363, N° 19.511, N° 25.650 y N ° 26.353; Decretos N° 1716 del 20 de octubre de 2008, N° 1232 del 11 de Septiembre de 2007 y Disposición ANSV N° 35 del 24 de Febrero de 2010;
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el VISTO, el Municipio de Santo Tomé, provincia de Corrientes, ha solicitado la intervención de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, en su carácter de autoridad máxima nacional en materia de seguridad vial, a fin de que la misma proceda a otorgar la Homologación y Autorización de Uso de DOS (2) radares cinemómetros tipo móvil, marca TRUCAM, Nros. de serie 4175 y 4133, respectivamente, para operar en la Ruta Nacional N° 14, del km. 684 al km. 687, en ambos sentidos de circulación.
Que los cinemómetros controladores de velocidad de instalación móvil cuya Homologación y Autorización de Uso se pretende, cuentan con la aprobación de modelo expedida por la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR mediante Disposición N° 299 de fecha 22 de noviembre de 2013; con los certificados de verificación primitiva N° ML-A- 002.616/2016 y ML-A- 002.615/2016, ambos de fecha 8 de septiembre de 2016, expedidos por la citada SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR; con los informes de verificación primitiva, emitidos ambos con fecha 25 de julio de 2016 por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL y con los certificados de verificación periódica, emitidos ambos con fecha 19 de septiembre de 2017 por el citado INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL.
Que los cinemómetros controladores de velocidad de instalación móvil cumplen con las especificaciones y tolerancias reglamentarias de la normativa vigente de conformidad con lo regulado en los apartados 2, 3, 5 y 6 del Anexo II del Decreto N° 1716/2008.
Que la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, conforme lo establecido en el art 4° inciso ñ) de la Ley N° 26.363 tiene como función autorizar la colocación en caminos, rutas y autopistas de jurisdicción nacional de sistemas automáticos y semiautomáticos de control de Infracciones, como también, el uso de estos sistemas por las autoridades de constatación, previendo que las homologaciones y verificaciones del funcionamiento de los mismos deberá coordinarse con los demás organismos nacionales competentes en la materia, de conformidad con las Leyes N° 19.511 y N° 25.650.
Que la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, conforme lo establecen los apartados 1 y 10 del Anexo II del Decreto N° 1716/2008 es responsable por la homologación de los dispositivos automáticos o semiautomáticos, fotográficos o no, que se utilicen para la constatación de infracciones de tránsito en caminos, rutas y autopistas y del uso manual de los sistemas, estando facultada para autorizar la colocación de cinemómetros controladores de velocidad.
Que la presente medida representa una acción relevante de consenso interjurisdiccional y armonización federal en materia de seguridad vial sobre la base de la Ley N° 26.363 y los compromisos asumidos oportunamente en el...
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