Disposición 540/2020

Fecha de publicación31 Mayo 2020
SecciónDisposiciones
EmisorPREFECTURA NAVAL ARGENTINA DIRECCIÓN DE POLICÍA DE SEGURIDAD DE LA NAVEGACIÓN


Ciudad de Buenos Aires, 28/05/2020

VISTO lo propuesto por distintos organismos dependientes de la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación y;

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 770/2019 del Régimen de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre (REGINAVE) en su Título 1 Capítulo 2 “Del Francobordo” establece que los buques de la matrícula mercante nacional, salvo las excepciones que las normas de asignación de francobordo determinen, contarán con la asignación, la certificación válida y las marcas de francobordo que dichas normas establezcan.

Que el mencionado Decreto establece que la Prefectura Naval Argentina asignará los francobordos de los buques, expedirá y renovará la certificación correspondiente, verificará la posición y el estado de las marcas de francobordo y controlará el mantenimiento de las condiciones estructurales y de estanqueidad reglamentadas para la asignación del francobordo.

Que en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, luego de darle participación a los sectores interesados, la Prefectura Naval Argentina promulgó la Ordenanza Nº 1/19 “Asignación de Francobordo para Buques Pesqueros”, siendo de aplicación a la totalidad de la flota pesquera de pabellón nacional.

Que desde la puesta en vigor de la Ordenanza Nº 1/19 “Asignación de Francobordo para Buques Pesqueros”, el sector de buques pesqueros existentes de eslora inferior a DIECIOCHO METROS (18 m) ha manifestado dificultades de interpretación.

Que ante estas cuestiones de interpretación pudieron existir demoras para dar complimiento al marcado de los buques en las fechas previstas originales cuyo vencimiento operaba el 1° de marzo de 2020, motivo por el cual se extendió una prórroga hasta el 31 de mayo del corriente.

Que en el transcurso del período se presentaron medidas estrictas de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, en atención a la evolución de la situación epidemiológica con relación al Coronavirus (COVID-19), dispuestas en el Decreto 297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional sobre Emergencia Sanitaria y, por tal motivo, se presenta la necesidad de extender nuevamente el plazo previsto detallado en el considerando precedente.

Que se ha dado la oportuna intervención a la División Legal y Técnica del Departamento Reglamentación de la...

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