Disposición 62/2009

Fecha de publicación17 Febrero 2009
Fecha de disposición17 Febrero 2009
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31596

Designación de Agente Fiscal en jurisdicción de la Agencia Sede Comodoro Rivadavia de la Dirección Regional Comodoro Rivadavia.

Bs. As., 10/2/2009

VISTO el Comunicado Nº 3/08 (SDGRH) del 19 de mayo de 2008 mediante el cual se convocó a los Abogados que revistan en la Planta Permanente del Convenio Colectivo de Trabajo de la ex DGI aprobado por Laudo Nº 15/91 a postularse para cubrir una (1) cartera de Agente Fiscal en la Agencia Sede Comodoro Rivadavia de la Dirección Regional Comodoro Rivadavia de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior, y CONSIDERANDO:

Que al evaluar los antecedentes pertinentes, el Comité de Selección ad hoc, elevó sus conclusiones.

Que asimismo, ha tomado la intervención que es de su competencia la Subdirección General mencionada en el Visto de la presente y la Dirección de Planificación y Control Judicial.

Que se cuenta con la conformidad de la Dirección General Impositiva.

Que por lo expuesto corresponde designar al agente seleccionado Abogado Pablo Alejandro DE BRITO, para que en el carácter de Agente Fiscal ejerza la representación judicial de la Administración Federal de Ingresos Públicos --Dirección General Impositiva,

Dirección General de Aduanas y Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social--, en jurisdicción de la Agencia Sede Comodoro Rivadavia en las situaciones a que se refieren los artículos 92 y siguientes de la Ley Nº 11.683 (t.o. en 1998 y sus modificaciones), texto según Ley Nº 26.044, artículo 1º del Decreto Nº 2102/93 y artículos 1125 y concordantes del Código Aduanero (Ley Nº 22.415).

Que en virtud de lo establecido en el citado Comunicado, corresponde reubicar escalafonariamente al agente seleccionado dentro de la Clase Administrativo y Técnico en el Grupo 8 Función 4 (Agente Judicial) del ordenamiento previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo aprobado por el Laudo Nº 15/91.

Que cabe introducir las modificaciones que tal situación implica.

Que sobre el particular, destácase que a la luz del Decreto Nº 491/02 y su aclaratorio,

Decreto Nº 601/02 (artículo 2º), se ha efectuado una evaluación de la presente gestión, de la cual surge que no genera una mayor erogación presupuestaria, en virtud a las modificaciones que la misma implica.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 4º y 6º, del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL...

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