Disposición Nº 73/GCABA/DGSPR/13

FirmantesCocca
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Seguridad Privada
Fecha de la disposición 8 de Marzo de 2013

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia"

DISPOSICIÓN N.° 73/DGSPR/13

Buenos Aires, 8 de marzo de 2013

VISTO:

la ley N° 1913 (B.O N° 2363); y N° 4470 (B.O N° 4063), el Decreto N° 446-GCBA/2006

(B.O N° 2436) y, la Disposición N° 42-DGSPR/2011 y la Carpeta N° 08-DGSPR/2011,

y

CONSIDERANDO:

Que la empresa GPS EVENTOS S.R.L con domicilio real en Avenida Juan Manuel de

Rosas N° 3949, San Justo, Provincia de Bu enos Aires y constituido en la calle Virrey

Ceballos N° 462, Piso 6°, Depto. "A", de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha sido

habilitada oportunamente para prestar servicios de seguridad privada en Jurisdicción

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por Disposición N° 42-DGSPR/2011;

Que vencido el plazo de su última habilitación con fecha 21/02/2013 la interesada

solicitó su renovación en las categorías establecidas por la Ley N° 1913 en su Artículo

  1. sin autorización al uso de armas de fuego: Punto 2, Incisos a), y b);

Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra

condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General,

en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente, conforme lo

establecen los Arts. 9° Inciso c) y 20 Inciso a) de la Ley N° 1913 y reglamentación

aprobada por Decreto N° 446-GCBA/2006;

Que con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico, en

los términos del Art. 17 y concordantes de la mencionada Ley al señor Julio Raúl

Rojas, D.N.I N° 11.481.114;

Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas

actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley

N° 1913 y por el Decreto N° 446-GCBA/2006 para concederle la renovación de su

habilitación, como prestadora de servicios de seguridad privada, en las categorías

peticionadas y en consecuencia para otorgarle el alta en la actividad por un nuevo

período;

Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I,

Artículo 165

Inciso 9, Ley N° 4470, por...

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