Disposición 4274/2015

Fecha de disposición29 Mayo 2015
Fecha de publicación05 Junio 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33144



MINISTERIO DE SALUD

SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

Disposición 4274/2015Bs. As., 29/5/2015

VISTO el Expediente N° 1-47-1110-184-15-4 del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y

CONSIDERANDO:

Que se inician las actuaciones del VISTO por las cuales la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud informó a fojas 1/2, que mediante expediente 1-47-2622-15-3, de esta Administración, la droguería FERNANDO PEDANO Sociedad de Responsabilidad Limitada, inició el trámite a los efectos de obtener la habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales, acorde a lo establecido por la Disposición ANMAT N° 5054/09.

Que con fecha 16/03/2015, mediante Orden de Inspección. N° 2015/1099-DVS-1879, fiscalizadores de la Dirección de Vigilancia de Productos Para la Salud concurrieron al domicilio de la calle Félix Frias 1644, B° Pueyrredón de la ciudad de Córdoba, provincia de Córdoba, donde funciona la mencionada droguería, con el objetivo de verificar el cumplimiento de las Buenas Prácticas de Almacenamiento, Distribución y Transporte de productos farmacéuticos, aprobadas por Resolución GMC N° 49/2002 e incorporadas a nuestro ordenamiento por la Disposición ANMAT N° 3475/05; ello acorde a lo señalado en el artículo 6° de la Disposición 5054/09.

Que ahora bien, en tal oportunidad, los fiscalizadores actuantes tomaron conocimiento de la comercialización de medicamentos por parte de la droguería FERNANDO PEDANO SRL fuera de la jurisdicción en la que se encuentra habilitada, constatada mediante la documentación comercial emitida por dicha firma que se detalla a continuación: Factura tipo A, N° 0001-00049636 y su correspondiente Remito N° 0001-00055557 de fecha 07/11/2014, a favor de “DROGUERIA SATIVA S.R.L. de SATIVA S.R.L.”, con domicilio en Rodríguez 256 de la ciudad de Santiago del Estero, provincia de Santiago del Estero.

Que cabe señalar que la droguería FERNANDO PEDANO SRL no se encontraba, al momento de la comercialización referida (ni se encuentra actualmente), habilitada por esta Administración para efectuar tránsito interjurisdiccional de medicamentos en los términos de la Disposición ANMAT N° 5054/09.

Que asimismo, corresponde poner de resalto que, en la inspección realizada, se observaron incumplimientos a las Buenas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR