Disposición 3/2022
Fecha de publicación | 05 Enero 2022 |
Sección | Disposiciones |
Emisor | MINISTERIO DEL INTERIOR SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA |
Ciudad de Buenos Aires, 03/01/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2020-83348447- -APN-DGDYL#MI, la Ley N° 22.520 (T.O. Decreto Nº 438/92), el Decreto N° 2061 de fecha 23 de agosto de 1979, la Resolución N° 15 de fecha 20 de febrero de 2020 del MINISTRO DEL INTERIOR, la Disposición N° 181 de fecha 5 de junio de 2017 de la entonces SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA y la Disposición Conjunta N° 1 de fecha 2 de enero de 2020 de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 2061/79 se facultó al MINISTERIO DEL INTERIOR para establecer y actualizar los aranceles de los servicios que brinda la Dirección General del Archivo General de la Nación.
Que por la Disposición N° 181/17 de la entonces SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, se actualizaron los diversos servicios que la Dirección General del Archivo General de la Nación brinda a la ciudadanía, los cuales actualmente por el transcurso del tiempo se encuentran nuevamente desactualizados.
Que el ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN en el año del Bicentenario de su creación propone la actualización de los aranceles y la derogación de la Disposición N° 181/17.
Que en virtud de la Disposición Conjunta N° 1/20 de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se establece que las Entidades y jurisdicciones de la Administración Nacional, incluidas en el artículo 8º, inciso a) de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, que depositen o transfieran fondos a favor de la cuenta corriente bancaria de la Tesorería General de la Nación N° 2510/46 - Recaudación T.G.N. en el Banco de la Nación Argentina, ya sea en cumplimiento de normas legales o reglamentarias, de reducciones presupuestarias, devoluciones de órdenes de pago u otros conceptos similares, deberán observar el procedimiento establecido en el Anexo I de la misma.
Que mediante la Resolución N° 15/20 el MINISTRO DEL INTERIOR delegó en la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA la facultad de actualizar los aranceles que por sus servicios percibe el ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha interevenido...
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