Disposición 224. DI-2018-224-APN-ANSV#MTR

Fecha de disposición07 Agosto 2018
Fecha de publicación07 Agosto 2018
SecciónDisposiciones

AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Disposición 224/2018

DI-2018-224-APN-ANSV#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 03/08/2018

VISTO: El Expediente EX-2018-21178977-APN-DGA#ANSV del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las Leyes Nacionales Nros. 19.511, 24.449, 25.650, 26.353 y 26.363, los Decretos Reglamentarios Nros. 779/95, 1.232/07, y 1.716/08, las Disposiciones ANSV Nros. 35/10 y 294/10, la Disposición de la Secretaría de Comercio Interior N° 299/13, y

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente citado en el VISTO, el Municipio de DINA HUAPI, Provincia de RÍO NEGRO, ha solicitado la intervención de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, en su carácter de autoridad máxima nacional en materia de seguridad vial, a fin de que la misma proceda a otorgar la Homologación y Autorización de Uso de DOS (2) cinemómetros controladores de velocidad de instalación móvil con registro gráfico marca TRUCAM, modelo LTI 20/20, Nros. de serie TC005179 y TC005180, para ser utilizados entre el Km 2051,5 y el Km 2055 de la Ruta Nacional N° 40, en ambos sentidos de circulación.

Que, los cinemómetros controladores de velocidad de instalación móvil cuya Homologación y Autorización de Uso se pretende, cuentan con la aprobación de modelo expedida por la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR mediante Disposición N° 299 de fecha 22 de Noviembre de 2013, con los Certificados de Verificación Primitiva, N° ML-A- 003.030/2017 de fecha 21 de Diciembre de 2017 (Equipo N° Serie 5179) y N° ML-A-003.031/2017 de fecha 21 de Diciembre de 2017 (Equipo Serie N° 5180), expedidos ambos por LA DIRECCIÓN NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR, y con los Informes de Verificación Primitiva N° O.T. 015 67016,1° Parcial (Equipo Serie N° 5179), y O.T. N° 015 67016, 2º Parcial (Equipo Serie N° 5180), ambos de fecha 26 de Octubre de 2017, emitido por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL.

Que, los cinemómetros controladores de velocidad de instalación móvil cumplen con las especificaciones y tolerancias reglamentarias de la normativa vigente de conformidad con lo regulado en los apartados 2, 3, 5 y 6 del Anexo II del Decreto N° 1.716/2008.

Que, la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, conforme lo establecido en el art 4° inciso ñ) de la Ley N° 26.363 tiene como función autorizar la colocación en caminos, rutas y autopistas de jurisdicción nacional de sistemas automáticos y semiautomáticos de control de Infracciones, como también, el uso de estos sistemas por las autoridades de constatación, previendo que las homologaciones y verificaciones del funcionamiento de los mismos deberá coordinarse con los demás organismos nacionales competentes en la materia, de conformidad con las Leyes N° 19.511 y N° 25.650.

Que, la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, conforme lo establecen los apartados 1 y 10 del Anexo II del Decreto N° 1.716/2008 es responsable por la homologación de los dispositivos automáticos o semiautomáticos, fotográficos o no, que se utilicen para la constatación de infracciones de tránsito en caminos, rutas y autopistas y del uso manual de los sistemas, estando facultada para autorizar la colocación de cinemómetros controladores de velocidad.

Que, la presente medida representa una acción relevante de consenso interjurisdiccional y armonización federal en materia de seguridad vial sobre la base de la Ley N° 26.363 y los...

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