Disposición 2843/2002

Fecha de disposición28 Junio 2002
Fecha de publicación28 Junio 2002
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta29930

Administración Nacional de Medicamentos, Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica

ESPECIALIDADES MEDICINALES

Disposición 2843/2002

Modifícanse las Disposiciones Nros. 7625/97 y 3186/99, en relación con los lineamientos generales sobre la información que deben contener las especialidades medicinales de venta libre.

Bs. As., 18/6/2002

VISTO los Expedientes Nros. 2002-16405-97-5 y 2002-15977-99-1 del Registro del ex Ministerio de Salud y Acción Social y sus agregados Exptes. Nros. 1-47-11906-98-8, 1-47-2605-99-4, 1-47-5696-99-8, 1-47-3389-01-6 del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica; y

CONSIDERANDO:

Que por las referidas actuaciones se ha propuesto la ampliación de la leyenda "Ante la menor duda consulte a su médico" que figura en las publicidades y prospectos de especialidades medicinales de venta libre agregando la expresión "y/o a su farmacéutico".

Que conforme lo establecido por el Artículo 35 del Decreto 9763/64, reglamentario de la ley 16.463, son medicamentos de venta libre aquellos destinados a aliviar dolencias que no exigen en la práctica una intervención médica y que, además, su uso en la forma, condiciones y dosis previstas, no entraña, por su amplio margen de seguridad, peligros para el consumidor.

Que la Disposición ANMAT N° 7625/97 referida a las definiciones y los lineamientos generales sobre la información que deben contener las especialidades medicinales de venta libre, establece que, entre otros aspectos, dicha información debe inducir al usuario al contacto con el médico frente a cualquier duda que surgiere del uso del medicamento.

Que para la adquisición de este tipo de medicamentos no se exige receta médica, siendo por lo tanto su uso decisión del propio paciente-usuario, de manera tal que el autocuidado de cada persona depende de obtener la máxima información posible sobre el producto de que se trate.

Que dicha propuesta pretende integrar la actividad médico-farmacéutica para la obtención de una mejor utilización de los medicamentos por parte de los pacientes-usuarios.

Que en la mayoría de los casos el farmacéutico es el primer profesional en contactar al consumidor decidido a adquirir un medicamento de venta libre.

Que dicho profesional cuenta con un nivel formativo y de capacitación que le permiten dar consejos adecuados en la práctica diaria.

Que de acuerdo con la Resolución del ex Ministerio...

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