Disposición 2043. DI-2019-2043-APN-ANMAT#MSYDS

Fecha de disposición06 Marzo 2019
Fecha de publicación06 Marzo 2019
SecciónDisposiciones

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

Disposición 2043/2019

DI-2019-2043-APN-ANMAT#MSYDS

Ciudad de Buenos Aires, 01/03/2019

VISTO la Ley 16.463, los Decretos Nros. 9763/64, 1490/92, 1271/13 y 1063/2016, las Disposiciones A.N.M.A.T. Nros. 2318/02 (t.o. 2004), 2319/02 (t.o. 2004), 724/07, 7425/13 y el Expediente EX-2019-09105677-APN-DNPM#ANMAT del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica; y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Artículo 1º de la Ley Nº 16.463, quedan sometidos a su régimen y a los reglamentos que en su consecuencia se dicten, entre otras, la actividades de importación y exportación, de las drogas, productos químicos, reactivos, formas farmacéuticas, medicamentos, elementos de diagnóstico y todo otro producto de uso y aplicación en la medicina humana y las personas de existencia visible o ideal que intervengan en dichas actividades.

Que el Artículo 2º de la citada Ley establece que las actividades mencionadas sólo podrán realizarse previa autorización y bajo el contralor de la Autoridad Sanitaria, en establecimientos por ella habilitados y bajo la dirección técnica del...

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