Disposición 5/2010

Fecha de disposición07 Mayo 2010
Fecha de publicación07 Mayo 2010
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31899

ANEXO II Ministerio de Economía y Finanzas Públicas PRESUPUESTO Resolución 250/2010

Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2010 de Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA).

Bs. As., 30/4/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0114531/2010 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Presupuesto para el Ejercicio 2010 formulado por AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA (AySA), actuante en el área del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas,

Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Nº 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, determinan que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2010 de AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA (AySA), actuante en el área del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II a la presente resolución, respectivamente.

Art. 2º

Estímanse en la suma de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y UNO ($ 671.599.881) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UNO ($ 1.228.333.451) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS SETENTA ($ 556.733.570), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II adjunto a la presente resolución.

Art. 3º

Estímanse en la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y UNO ($ 1.282.037.631) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE ($ 1.282.001.977) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO ($ 35.654), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II adjunto a la presente resolución.

Art. 4º

Estímanse en la suma de PESOS UN MIL OCHENTA Y CINCO MILLONES ($ 1.085.000.000) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS DOS MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CUATRO ($ 2.417.733.404) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3º de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (DEFICIT) para el Ejercicio 2010 en PESOS UN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($ 1.332.697.750), de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II adjunto a la presente resolución.

Art. 5º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Amado Boudou.

NOTA: Los Anexos no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Nº 31.899 14 tadores y como son aplicados por algunos de los diferentes estados contratantes del Convenio de Aviación Civil.

Que por ello resulta necesario unificar criterios para establecer las condiciones de apantallamiento de objetos así como la altura máxima permitida, según su ubicación.

Que el Servicio Jurídico de la ANAC ha...

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