Disposición 2/2023

Fecha de publicación08 Febrero 2024
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS CONSULARES
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 05/12/2023

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2023-130604245-APN-DDV#MRE del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, la Ley N° 15.110, la Ley de Procedimiento Administrativo N° 19.549, la Ley del Servicio Exterior N° 20.957 y sus modificatorias, la Ley de Migraciones N° 25.871, los Decretos Nros. 1759 del 3 de abril de 1972 (T.O. 2017), 616 del 3 de mayo de 2010, el Reglamento Consular aprobado mediante el Decreto N° 8714 del 3 de octubre de 1963, la Decisión Administrativa N° 70 del 10 de febrero de 2020 y su modificatoria, la Resolución N° 154/64 del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 2°, inciso a) de la Ley del Servicio Exterior N° 20.957, se estableció la integración del Cuerpo Permanente Activo del SERVICIO EXTERIOR DE LA NACIÓN, quienes desempeñan las funciones consulares, entre otras.

Que el Reglamento Consular, aprobado mediante el Decreto N° 8714/63, en su Artículo 9° establece como misión de los/as funcionarios/as diplomáticos/as: “d) Extender pasaportes y documentos de viaje y otorgar visados u otros documentos pertinentes a las personas que deseen viajar a la República”.

Que asimismo, en el Artículo 212 del mencionado Decreto, se establece como facultad de los/as funcionarios/as consulares otorgar, de acuerdo a las disposiciones vigentes, las visaciones en los pasaportes de término no vencido expedidos por las autoridades extranjeras, a las personas que viajen a la REPÚBLICA ARGENTINA en calidad de inmigrantes, antiguos residentes, temporarios, turistas o en tránsito.

Que por la Decisión Administrativa N° 70/20 y su modificatoria, se establece como responsabilidad primaria de la Dirección General de Asuntos Consulares, la de entender en el funcionamiento de las Representaciones Consulares e intervenir en la elaboración y ejecución de políticas de migración y vinculación, y asistir a los/as ciudadanos/as argentinos/as en el exterior, en el ámbito de su competencia, en coordinación con las áreas competentes.

Que por el Anexo IV de la Decisión Administrativa mencionada, se establece como acción de la Dirección de Documentación de Viaje, dependiente de la Dirección General de Asuntos Consulares de la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES, el diseñar, en coordinación con la Dirección Nacional de Migraciones y la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas, los sistemas informatizados consulares para la provisión, gestión...

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