Disposición 2/2021

Fecha de publicación25 Octubre 2021
SecciónDisposiciones
EmisorMINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS Y TECNOLOGÍA SANITARIA


Ciudad de Buenos Aires, 21/10/2021

VISTO La Ley Nº 27.541, la Decisión Administrativa 384/2021, la Resolución 248/2020 del Ministerio de Salud, la Resolución 1048/2021 del Ministerio de Salud, el EX-2021-64073289- -APN-DD#MS y,

CONSIDERANDO:

Que en el artículo 76 de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva N° 27.541 se dispuso el restablecimiento del desarrollo del objetivo de universalizar el acceso de medicamentos esenciales a través del PROGRAMA NACIONAL REMEDIAR, destinado a garantizar la provisión de insumos y medicamentos críticos a través de centros de atención de la salud provinciales o gubernamentales.

Que asimismo en el artículo 77 de la citada Ley se otorgó a esta cartera la facultad de dictar normas respecto a las condiciones de acceso a los medicamentos, insumos y/o recursos asignados al PROGRAMA NACIONAL REMEDIAR.

Que conforme Decisión Administrativa 384/2021 la DIRECCIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS Y TECNOLOGÍA SANITARIA tiene por responsabilidad primaria gestionar de manera integral los medicamentos y tecnología sanitaria, la selección, adquisición y distribución de medicamentos esenciales y su uso racional, fortaleciendo el Primer Nivel de Atención en Salud.

Que por Resolución del MINISTERIO DE SALUD Nº 248 de fecha 19 de febrero de 2020 se relanzó el PROGRAMA NACIONAL REMEDIAR, cuya meta es universalizar el uso racional y el acceso a medicamentos esenciales e insumos sanitarios.

Que a través de la Resolución del MINISTERIO DE SALUD Nº 1048 de fecha 20 de abril de 2021 se aprobaron los criterios de elegibilidad y los criterios de operatoria que los establecimientos de salud y/o instituciones del sector público adheridos al PROGRAMA NACIONAL REMEDIAR de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS Y TECNOLOGÍA SANITARIA, y los que en el futuro se adhieran, deberán cumplir a fin de garantizar una eficiente y equitativa distribución de los insumos sanitarios

Que mediante artículo 4 de la Resolución mencionada en el considerando precedente se facultó a la DIRECCIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS Y TECNOLOGÍA SANITARIA a efectuar las medidas necesarias a efectos de dar cumplimiento con dicha Resolución, incluyendo entre otras a título ejemplificativo suscribir convenios, actualizar convenios vigentes, elaborar capacitación de las jurisdicciones en la operatoria del PROGRAMA NACIONAL REMEDIAR relacionada a la materia, efectuar auditorías para verificar el cumplimiento de acuerdos como así también a dictar las normas complementarias, interpretativas y...

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