Disposición 2/2021

Fecha de publicación19 Mayo 2021
SecciónDisposiciones
EmisorMINISTERIO DE SEGURIDAD SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y COOPERACIÓN JUDICIAL


Ciudad de Buenos Aires, 12/05/2021

VISTO el Expediente EX-2021-34093196-APN-DNICR#MSG del registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 335 de fecha 06 de marzo de 2020 y sus modificatorias y la Resolución N° 792 de fecha 3 de diciembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 50/19 y sus modificatorios se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que entre los objetivos de la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y COOPERACIÓN JUDICIAL dependiente de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL del MINISTERIO DE SEGURIDAD se encuentra la competencia de “Ejercer las funciones de policía científica, efectuando los estudios técnicos y científicos, análisis especiales y peritajes que le sean requeridos en procesos judiciales”.

Que, asimismo, mediante la Decisión Administrativa N° 335/20 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE SEGURIDAD, encontrándose bajo la órbita de esta Subsecretaría la DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL que tiene la competencia “Asistir a la Subsecretaría en el ejercicio de las funciones de policía científica, efectuando los estudios técnicos y científicos, análisis especiales y peritajes que le sean requeridos en procesos judiciales” y la COORDINACIÓN DE POLICÍA CIENTÍFICA que posee la acción de “Propiciar la actualización y la elaboración de los protocolos que establecen los lineamientos a seguir por el personal de las Fuerzas Policiales y de Seguridad dependientes del MINISTERIO DE SEGURIDAD, en lo referente a la labor científico pericial” entre otras.

Que, a su vez, por Resolución N° 792/15 se aprobó el “PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA LA PRESERVACIÓN DE LA ESCENA DEL HECHO Y SUS PRUEBAS”; como así también, el “ROTULO DE IDENTIFICACIÓN DE ELEMENTOS PROBATORIOS ÚTILES” cuya aplicación resulta obligatoria para los procedimientos policiales que lleven a cabo las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.

Que oportunamente para la realización del protocolo en cuestión, la entonces SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN DEL DELITO ORGANIZADO Y COMPLEJO por intermedio de la ex DIRECCIÓN NACIONAL DE POLICÍA CIENTÍFICA, elaboró en forma conjunta con las áreas específicas de policía científica de las CUATRO (4) Fuerzas Federales el citado protocolo único de actuación, a fin de lograr una metodología de intervención adecuada a las necesidades de...

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