Disposición 19/2020

Fecha de publicación22 Junio 2020
SecciónDisposiciones
EmisorADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN REGIONAL NEUQUÉN


Neuquén, Neuquén, 04/06/2020

VISTO el Expediente EX-2020-00271327- -AFIP-SGCFDIRNEU#SDGOPII del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la contratación para adquisición de insumos y accesorios de higiene personal y preventivo contra el COVID-19 para la Dirección Regional Neuquén y sus dependencias.

Que resulta necesaria la adquisición de los mismos atento los protocolos de salud e higiene dispuestos y las medidas de prevención vigentes Coronavirus Covid-19.

Que se efectuó la convocatoria y la elección del procedimiento de selección, encuadrándose la misma en el artículo 21 inciso 4) apartado 9 y artículo 22 de la Disposición N°297/03 (AFIP)

Que mediante formulario F.1236 (orden 15) se aprobó el pliego de bases y condiciones y autorización del llamado a contratación directa.

Que se cursaron las invitaciones tanto a los proveedores habituales a contratar como a las asociaciones que nuclean a los prestadores del servicio (orden 17 y 18).

Que al acto de apertura de ofertas establecido para el 21/05/2020 se recepcionaron vía correo electrónico las siguientes ofertas: OBAL S.R.L. C.U.I.T.: 30-71520417-3 cotizando un importe total de PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL VEINTINUEVE CON CUARENTA CENTAVOS ($146.029,40); MARTINEZ LUCAS ADAN C.U.I.T.: 20-23882222-0 cotizando un importe total de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA ($257.760,00); S&E S.R.L. CUIT: 30-70993178-0 cotizando un importe total de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS ($247.482,00); y MARTIN CRISTIAN MARCELO CUIT: 20-27238064-4 cotizando un importe de PESOS CIENTO SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON OCHENTA CENTAVOS ($163.454,80).

Que la División Administrativa realizó la evaluación de ofertas y estableció el Orden de mérito N°1 para la firma OBAL S.R.L. C.U.I.T.: 30-71520417-3.

Que conforme Artículo 45 de la Disposición N° 297/03 (AFIP), la adjudicación deberá realizarse en favor de la oferta más conveniente para la AFIP, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones de la oferta.

Que practicada la Consulta de Deuda Proveedores del Estado con fecha 28/05/2019...

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