Disposición 178/2023

Fecha de publicación27 Febrero 2023
SecciónDisposiciones
EmisorAGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL


Ciudad de Buenos Aires, 17/02/2023

VISTO: El expediente EX-2022-59456179- -APN-DGA#ANSV del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las Leyes Nacionales Nros. 19.511, 24.449, 25.650, 26.353 y 26.363, los Decretos Reglamentarios Nros. 779/95, 1.232/2007, y 1.716/2008, la Resolución de la Secretaría de Comercio Interior N° 389/2021, la Disposición ANSV N° 281/2014, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Disposición ANSV Nº 281 del 13 de junio de 2014, se homologó y autorizó el uso por parte del Municipio de Villa Olivari, provincia de Corrientes, de DOS (2) cinemómetros controladores de velocidad de instalación fija con registro gráfico de infracciones marca IVERO, Nros. de serie 102 y 103, para operar sobre la Ruta Nacional Nº 12, en el km. 1231,6 (sentido ascendente) y en el km. 1232,9 (sentido descendente), respectivamente.

Que, mediante nota del 8 de septiembre de 2022, el Municipio antes referido solicitó a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV), en su carácter de autoridad máxima nacional en materia de seguridad vial, el reemplazo de los dispositivos mencionados por otros DOS (2), marca IVERO, modelo V2-VIP, Nros. de serie V01 y V02.

Que los cinemómetros controladores de velocidad marcan IVERO, modelo V2-VIP, Nros. de serie V01 y V02, cuentan con certificado de aprobación de modelo, otorgado mediante Resolución de la Secretaría de Comercio Interior N° 389 del 15 de abril de 2021.

Que dichos dispositivos cumplen con las especificaciones y tolerancias reglamentarias de la normativa vigente de conformidad con lo regulado en los apartados 2, 3, 5 y 6 del Anexo II del Decreto 1.716/2008.

Que la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, conforme lo establecido en el art 4° inciso ñ) de la Ley N° 26.363 tiene como función autorizar la colocación en caminos, rutas y autopistas de jurisdicción nacional de sistemas automáticos y semiautomáticos de control de Infracciones, como así también el uso de estos sistemas por las autoridades de constatación, previendo que las homologaciones y verificaciones del funcionamiento de los mismos deberá coordinarse con los demás Organismos nacionales competentes en la materia, de conformidad con las Leyes N° 19.511 y N° 25.650.

Que la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, acorde a lo instaurado en los apartados 1 y 10 del Anexo II del Decreto N° 1716/2008 es responsable por la homologación de los dispositivos automáticos o semiautomáticos, fotográficos o no, que se utilicen para la constatación de...

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