Disposición 134/2019

Fecha de publicación12 Abril 2019
SecciónDisposiciones
EmisorAGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
Ciudad de Buenos Aires, 09/04/2019

VISTO: El Expediente S02:0010998/2009 del Registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las Leyes N° 24.449 y 26.363, y su normativa reglamentaria, Decreto N° 08 del 04 de Enero de 2016, Disposición ANSV N° 188 del 03 de Agosto de 2010, Disposición ANSV N º 171 del 26 de abril de 2013, Disposición ANSV N º 186 del 12 de mayo de 2014 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 1º de la Ley Nº 26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL como organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR cuya misión es la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial.

Que la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, se encuentra actualmente por Decreto Nº 08/16 bajo la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que entre las funciones asignadas a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL por la norma de creación se encuentra la de coordinar, impulsar y fiscalizar la implementación de las políticas y medidas estratégicas para el desarrollo de un tránsito seguro en todo el territorio nacional.

Que conforme al artículo 4° inciso f), k) y q) de la Ley N° 26.363 corresponde a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL autorizar a los organismos competentes en materia de emisión de licencias de conducir de cada jurisdicción provincial, municipal, y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a otorgar la Licencia Nacional de Conducir certificando y homologando en su caso, los centros de emisión y/o impresión de las mismas; como así también, entender en el REGISTRO NACIONAL DE ANTECEDENTES DE TRÁNSITO- RENAT- y coordinar la emisión de los informes de dicho registro como requisito para gestionar la Licencia Nacional de Conducir y la transferencia de vehículos, con los organismos que otorguen la referida documentación.

Que la Ley Nº 26.363, en su artículo 23º, modificatorio del artículo 8º de la Ley N° 24.449, crea e instituye el Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito dentro de la órbita de esta Agencia Nacional de Seguridad Vial en los términos que establezca el Anexo IX del Decreto Reglamentario N° 1716/08.

Que por Disposición ANSV N° 188/10, se creó e implementó en la órbita de la DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ANTECEDENTES DE TRÁNSITO el Certificado Nacional de Antecedentes de Tránsito (Ce.N.A.T.) como elemento registral válido para informar los datos relativos a los inhabilitados para conducir...

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