DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA NODOS ROSARIO Y VENADO TUERTO (S/C 31208 Ag. 3 Ag. 5)

Fecha05 Enero 2020
Número de registro31208
EmisorDIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA NODOS ROSARIO Y VENADO TUERTO

NOTIFICACIÓN DE DISPOSICIÓN Nº 63/20

Rosario, 03 de marzo de 2020.-

NOMBRE: CRISTIAN RAMON ZAPATA- DNI N° 32.583.290/ MARIA TERESA FRANCO- DNI N.º 30.695.889

DOMICILIO: BARTOLO MORELLI N° 097 de Perez/ El Sauce N° 101 de Pérez

Por medio de la presente me dirijo a Usted a efectos de hacerle saber que en las actuaciones administrativas: Legajo Social N° 12.470 referenciadas administrativamente como: “GIULIANA MILAGROS FRANCO ZAPATA, DNI N° 46.836.502, LEGAJO Nº 12.470, S/MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL” en trámite por ante el equipo interdisciplinario Nodo perteneciente a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de los Nodos Rosario y Venado Tuerto, con asiento en la ciudad de Rosario; se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente acompañándose copia certificada conforme lo dispuesto por el art.61 del Dto reglamentario N°619/10: “Rosario, 03 de Marzo de 2020 . DISPOSICIÓN N° 63/

20. VISTOS... CONSIDERANDO...DISPONE: 1.- DICTAR acto administrativo de Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional de Derechos de Derechos en relación a la joven GIULIANA MILAGROS FRANCO ZAPATA, DNI N° 46.836.502, FN 01/09/2004, LEGAJO Nº 12.470, hija de la Sra. María Teresa Franco, DNI N° 30.695.889, con domicilio en calle El Sauce N° 101 de Pérez y del Sr. Cristian Ramón Zapata, DNI N° 32.583.290, con domicilio en calle Bartolo Morelli N° 97 de Pérez; de conformidad a lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley 12.967 y su respectivo decreto reglamentario; 2.- SUGERIR al Tribunal Colegiado de Familia de la 5ta. Nominación de Rosario, en donde tramita el control de legalidad de la presente, que a la joven GIULIANA MILAGROS FRANCO ZAPATA se le designe un tutor y/o la figura jurídica que estime pertinente, todo ello de conformidad a lo dispuesto por el artículo 51 de la ley 12.967 y su respectivo decreto reglamentario; y en base a las actuaciones administrativas, informes técnicos, evaluaciones profesionales realizadas y atento la competencia limitada que posee este Organismo de aplicación administrativa en la materia, por Imperativo Legal de orden público, estatuido por la CN.; Ley Nº 26.061, Ley Nº 12.967 y su respectivo decreto reglamentario; Código Civil; CPC y C. Santa Fe, LOPJ y leyes complementarias. 3.- SUGERIR la privación de la responsabilidad parental a Sra. María Teresa Franco, DNI N° 30.695.889, con domicilio en calle El Sauce N° 101 de Pérez y del Sr....

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