Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 13 de Marzo de 2002, expediente L 74674

PresidenteSalas-Pisano-Negri-de Lázzari-Pettigiani
Fecha de Resolución13 de Marzo de 2002
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A C U E R D O

En la ciudad de La P., a 13 de marzo de dos mil dos, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresSalas,P.,N.,de L.,P., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa L. 74.674, “D., P. contra S. Distribuidora S.A.C.I.F. Diferencia de haberes”.

A N T E C E D E N T E S

El Tribunal del Trabajo Nº 1 de Mar del P. rechazó la demanda interpuesta; con costas a la parte actora.

Esta dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.

Dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, el señor J.d.S. dijo:

  1. El tribunal de grado no hizo lugar a la demanda incoada por P.L.D. contra S. Distribuidora S.A.C.I.F.

  2. En su recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, en lo que resulta materia de agravio, la parte actora denuncia violación de los arts. 10 y 11 de la ley 14.546; 55 de la Ley de Contrato de Trabajo; 39 y 44 inc. “d” de la ley 11.653; 375 y 386 del Código Procesal Civil y Comercial; 6, 8 y 44 del Código de Comercio; 18, 31 y 116 de la Constitución nacional. Alegando en lo esencial que:

    1. Admitido en el fallo de la instancia ordinaria que el actor era viajante de comercio, debió el empleador llevar y exhibir los libros especiales que establece la ley 14.546. No habiéndolo hecho en el presente y teniendo en cuenta que D. prestó el juramento de ley -que invierte la carga probatoria-, debió hacerse lugar a los reclamos por comisiones, rechazando el argumento del pronunciamiento impugnado en orden a que se reclamó por tal concepto una suma global.

    2. Cuestiona también el rechazo de los reclamos por devolución de gastos R. (s), comisiones por ventas indirectas -siendo que este rubro resultó acreditado con la documentación agregada por la propia accionada-, indemnización por zona y gratificación voluntaria. Determina que el decisorio prescindió de prueba esencial y se apoyó en constancias irrelevantes incurriendo así en absurdo.

    3. Se agravia por último, por el tratamiento dado a la relación que medió entre G. y S. y entre éstas y el accionante.

  3. El recurso, en mi opinión, no puede prosperar.

    1. El tribunal del trabajo interviniente consideró que si bien el accionante demostró su desempeño laborativo en calidad de viajante de comercio, como también la forma de retribución -sueldo, mas adicionales por presentismo y antigüedad- no logró acreditar que le correspondiera percibir ninguno de los rubros reclamados...

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