Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 24 de Septiembre de 2008, expediente 58.327

Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2008

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INCIDENTE DE APELACIÓN DEL AUTO DE PROCESAMIENTO RESPECTO DE DIGNO RAMON DISLA

VELAZQUEZ EN LA CAUSA W 6593, CARA TULADA:"C.B., I.; GUARDIA, F.S. SI

CONTRABANDO DE ESTUPEFACIENTES" Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 7, Seco N° 13, Sala "B",

N° 58.327, orden N° 22.046.

Buenos Aires, 2Lf de septiembre de 2008.

VISTOS:

El recurso de casación interpuesto por la defensa de Digno R.D.V. a fs. 91/107 vta. de este expediente contra la resolución de fs. 83/85, por la cual esta Sala "B" confirmó el pronunciamiento de fs.

439/445 vta. del legajo principal, por el cual el tribunal de la instancia anterior había dispuesto el procesamiento con prisión preventiva del nombrado.

y CONSIDERANDO:

u.

o o Los señores jueces de cámara doctores C.A. en PIZZA TELLI y M.A.G. expresaron:

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  1. ) Que, mediante la resolución impugnada, en tanto se restringe la libertad del imputado con anterioridad al fallo final de la causa, se ocasiona un perjuicio que podría resultar de imposible reparación ulterior. Por lo tanto, la decisión cuestionada es equiparable a una sentencia definitiva en los términos del arto 457 del C.P.P.N., por afectarse un derecho que requiere tutela judicial inmediata (Fallos 314:85, entre otros).

  2. ) Que, si bien este Tribunal ha expresado con anterioridad que "...si se tiene en cuenta que la resolución recurrida proviene del superior tribunal de la causa, resulta de aplicación la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación in re "R., C.S. si eximición de prisión" (Fallos 320:2118) en cuanto la cuestión debatida en el pleito es insusceptible de ser revisada por otro órgano dentro del ordenamiento procesal vigente (en tal sentido confr. Cámara Nacional de Casación Penal Sala IL Reg.

    5407; y regs. N°366102 y 399102 de esta sala "B '')... ", la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha expresado que el recurso extraordinario interpuesto contra la resolución de la Sala "A" de esta Cámara Nacional de Apelaciones "...no se dirige contra la sentencia dictada por el tribunal superior de la causa ... " (confr. causa M. 141. XXXIX, "MIY AZONO, R. s/infr. ley 24.769, incidente de exención de prisión).

    Asimismo, el 03/05/2005 el más Alto Tribunal de la Nación expresó:

    "...siempre que se invoquen agravios de naturaleza federal que habiliten la competencia de la Corte, por vía extraordinaria en el ámbito de lajusticia penal nacional conforme al ordenamiento procesal vigente, estos...

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