Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 25 de Agosto de 2016, expediente CNT 046259/2011/CA001

Fecha de Resolución25 de Agosto de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 46259/2011 - DIAZ, A.J.c.M., JULIO CESAR ARMANDO s/DESPIDO Buenos Aires, 25 de agosto de 2016.

se procede a votar en el siguiente orden:

El Dr.Roberto C.Pompa dijo:

I- Contra la sentencia de primera instancia de fs.

294/305vta. que hizo lugar al reclamo se alza la parte demandada, a tenor del escrito presentado a fs.

301/305vta., con réplica de la contraria de fs.

311/312.

La perito contadora apela la regulación de sus honorarios por bajos a fs. 301.

II- En cuanto a la cuestión principal sometida a revisión ante este Tribunal por el apelante, que atañe a la índole de la relación habida entre las partes, luego del análisis de las constancias obrantes en la causa, adelanto la confirmación de lo decidido en la sentencia de primera instancia.

Ello es así pues, a la vista de los términos en que se trabó la litis y del contenido de la prueba producida, no advierto reproches eficaces a la conclusión del Sr. Magistrado anterior acerca de la calificación del vínculo.

En efecto, la sentencia de primera instancia consideró que la relación jurídica que unió a las partes reconoció su causa en un contrato de trabajo.

Sostuvo al respecto la prestación de servicios personales del actor para el demandado, concluyó

acreditados los presupuestos fácticos de la dependencia y, como correlato, la protección de la normativa laboral.

Contra tal decisión apela el demandado J.C.A.M. y, como adelanté, no le asiste razón. Ello por cuanto del análisis de los elementos probatorios colectados en la causa quedan claras las notas Fecha de firma: 25/08/2016 Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA - SALA IX Firmado por: R.C.P., JUEZ DE CAMARA - SALA IX #20071777#160389088#20160825105419365 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX tipificantes de un vínculo contractual de naturaleza laboral con las características relatadas en la demanda, esto es, que el actor laboró en el establecimiento de la calle S. 5440, ubicando al demandado como el “dueño” y la persona que daba las órdenes de trabajo al actor (ver en concreto lo depuesto por Santa Cruz, fs. 205).

Corresponde destacar que estimo relevante la eficacia probatoria que el Sr. Magistrado otorgó a las declaraciones testificales de fs. 202/203 y 205/206, de las que se desprende que el actor era el encargado de producción tal como afirmó en la demanda (ver fs. 8).

Si bien las declaraciones precedentemente expuestas fueron objeto de impugnación por la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR